Una sociedad cooperativa se fusionó con una sociedad limitada. Por lo visto, el año anterior a la fusión, como no se aplicó el fondo de educación y promosción, se materializó en un depósito a plazo fijo como dice el artículo 56.6 de la Ley de sociedades cooperativas. ¿la sociedad limitada a la que se fusionó, puede disponer de este fondo para fines distintos a los que determina el artículo 56 (por ejemplo a pagar a proveedores)? Muchas gracias de antemano.