hola tenia duda con respecto a fusiones. El Art.26 de la LME impide que entren dentro de la ecuacion de canje las acciones que alguna de las sociedades tiene de la otra con la que se fusiona, por lo que hay que amortizarlas.
supongamos que A y B se fusionan. A antes de la fusion tenia acciones de B, que figuran en su activo. Al absorber a B, tiene que amortizarlas. En el balance de A tienen que desaparecer, pero como?
con cargo a reservas? es decir quitar del activo de A las acciones de B y bajar las reservas dicha cantidad?