Buenos días!
En primer lugar quisiera presentarme ya que este es mi primer mensaje. Mi nombre es Eneko.
Les comento el motivo de mi mensaje y les agradezco la atención y la ayuda que puedan prestarme.
Al lío:
Trabajo como portero-vigilante en una urbanización privada. Entre mis funciones está la de anotar el acceso a la urbanización de visitantes, trabajadores y toda persona ajena a la finca.
Se anota la matrícula del vehículo, la hora de entrada, la hora de salida y la vivienda o parcela a la que se accede.
El caso es que en días pasados un "colaborador" de la Junta Directiva nos ha informado de la obligación de anotar también la hora de entrada y salida de los propietarios.
Todo esto, hay que decirlo, sin haber sido informados los propios comuneros de la urbanización.
Como existen rencillas entre la actual Junta Directiva y algunos propietarios, y como nos consta que algunos propietarios no quieren que se les "fiscalicen" sus entradas y salidas de la urbanización nos hemos negado a anotar a los propietarios. Es procedente incluir en el relato que es precisamente el "colaborador" de la Junta quien guarda y custodia las anotaciones sobre matrículas y horas de entrada/salida.
Y es en este punto donde me asaltan las dudas y donde les pido me ayuden con sus conocimientos.
¿Es legal anotar las entradas y salidas de un propietario a SU CASA sin que dicho propietario tenga conocimiento?
¿Es legal hacerlo si se les informa?
Aun estando informado, ¿puede un propietario negarse a que consten sus entradas/salidas de la urbanización?
Buenos días,
Ese control que realizan sobre las visitas, ha tenido que ser aprobado en una junta. Si se pretende llevar ese control también sobre los propietarios, igualmente habrá tenido que ser aprobado en junta por lo que -de ser así- se supondría informados a todos los propietarios.
Lo que no debe hacer vd bajo ningún concepto es aceptar instrucciones de un "colaborador" de la junta directiva (supongo que vd mismo lo pone entre comillas porque no debe ser ningún cargo nombrado por la junta).
Hable vd con el presidente y dejen claro que usted sólo recibe instrucciones de él en persona o a través de algún cargo legalmente válido (secretario o administrador) y que en casos sensibles como éste le den las instrucciones por escrito, para que vd no tenga problemas con ningún propietario que le quisiera recriminar por su actuación.
Efectivamente el "colaborador" no tiene cargo alguno en la Junta, lo que no le impide ser, permítanme la expresión, "el perejil de todas las salsas".
El consejo que usted apunta, recibir las órdenes de este tipo por escrito, me parece de lo más acertado y así lo haré. Al menos podré esgrimir el papel y reflejará quien es el responsable final del asunto.