Tengo una duda!
En un proceso de patente y comercialización de un producto necesitamos una gestor que nos oriente y nos dirija, pero ¿que margen de beneficios obtiene? ¿Que sería lo apropiado?
La persona que actua en este caso de gestor creemos nos pide algo exagerado, un 20-25% del porcentaje de beneficios total con caracter vitalicio y formar parte de una sociedad de 3 donde él sería la parte decisiva en caso de desacuerdo teniendo pleno derecho en la toma de decisiones plasmado en un contrato por escrito en el que también se incluiría un mínimo porcentaje (1 o 2%) de la sociedad, añadiendo a todo esto, que una vez conseguido el modelo de utilidad anterior a ésta gestión en España de forma particular y en proceso de patente mundial, este gestor considera que la patente debería ir dirigida a nombre de la sociedad y no a la figura particular propietaria o propietarias de la idea y por tanto del modelo de utilidad.
¿Es ésto correcto?
Necesito por favor una respuesta urgente ya que contamos con unos plazos muy limitados
Muchísimas Gracias!!!!
Personalmente creo que el gestor (que parece ser no forma parte del equipo inventor de la patente), está imponiendo unas condiciones un tanto abusivas. Para empezar, la patente tiene un periodo de vigencia de 20 años, lo cual quiere decir, que el avance tecnológico que desarrolla llegará un día, relativamente cercano a ser obsoleto, o al menos, carente de interés. En muchos casos, las patentes dejan de ser interesantes e incluso antes de que finalice el periodo de su vigencia, puesto que el propio avance tecnológico es, a fecha de hoy, extremadamente rápido.
Tampoco comprendo muy bien la necesidad de utilizar un gestor de vuestros derechos de propiedad industrial, en esos términos. Es decir, si es necesario al figura de un despacho especializado que gestione la tramitación, bien nacional, bien internacional, de la solicitud del modelo o de la patente. E incluso es recomendable que el propio despacho o firma especializada juegue un papel importante en la elaboración de contratos de cesión, licencia o transferencia tecnológica; pero en cambio, la gestión comercial del modelo o patente, la entiendo útil, cuando el gestor tiene un buen conocimiento del sector económico a que la patente se refiere. Fuera de esos casos, es innecesario, desde mi entender particular.
Además, el valerse de un gestor comercial (que se encarge de la búsqueda de empresas interesadas en comprar licencias, o bien en la adquisición del propio invento), no debería pasar nunca por una retribución más beneficiosa que para los inventores y/o titulares del mismo. Personalmente, me parece un abuso.
GARCÍA DOMÍNGUEZ & ASOCIADOS
Patentes y Marcas Abogados
Propiedad Industrial e Intelectual
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info@garciadominguez.com
Tf. 923603020
Muchísimas gracias por tu opinión.
Nosotros también creemos que es un abuso ya que siendo desconocedores de todo lo que rodea al mundo empresarial y en particular a éste tipo de negocios, confiamos en su aparente buen criterio y honestidad al existir vínculos familiares, y aceptando sus condiciones verbal e inicialmente ya que él nos hizo entender que esto era lo habitual. Que un gestor cobraba en torno al 20-25% de beneficio por la gestión pero que él lo haría por el 25% en base a nuestro beneficio simpre y cuando le otorgáramos poder absoluto de decisión sobre el proyecto, pero dadas las circustancias el cuento ha cambiado, no hay nada firmado y el proyecto se ha desarrollado de una forma muy distinta a la que se había acordado inicialmente, llegando incluso a plantear formar parte de una sociedad y poner la patente a nombre de dicha sociedad. Más no se puede pedir!!!
Habiendo llegado a la conclusión de que no debemos cumplir sus exigencias, nos encontramos en una complicada situación!
Es dificil atar todos los cabos sin saber ni entender nada de este tipo de negocios, para que no te tomen el pelo.
Divina intuición!!!!!
En fin..... Si tienes algo mas que aportar..........mil gracias!!!! Todas las opiniones son de gran ayuda.
Saludos!!! (por cierto, soy una mujer)