Es legal el recorte salarial anunciado a los funcionarios, o podria suponer conculcar el principio de irretroactividad del 9.3 de la constitución entre otros?
Habría que matizar la existencia de distintos conceptos retributivos para los funcionarios algunos de los cuales pueden ser fácilmente recortados sin la intervención de mandato legal, por ejemplo la productividad o las gratificaciones extraordinarias, otros como el complemento específico que diría que mediante una modificación de las RPT (Relaciones de Puestos de Trabajo) podría disminuirse y respecto al sueldo, trienios y complemento de destino al venir su cuantía determinada año a año en los PGE tendría que realizarse con norma de rango legal.
En principio al no existir contrato de trabajo ni convenio colectivo las retribuciones no suponen la existencia de derechos adquiridos para los funcionarios de modo que la Administración puede unilateralmente recortar las retribuciones con relativa facilidad.