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funcionario de carrera, ¿fue ilegal mi nombramiento?

24 Comentarios
Viendo 21 - 24 de 24 comentarios
11/12/2005 23:54
No voy a entrar en las consecuencias que apunta DP a todo ese desaguisado. Sin embargo, se me plantean estas cosas:1º. Lo que vuestro compañero pretende hacer no veo que guarde relación alguna con esa promocio interna que comentabas. Para participar te requerirán ser funcionario de carrera, y eso lo eres, puesto q tu nombramiento es EFICAZ, y desde que se produjo, goza de la presunción de LEGALIDAD de todo acto administrativo. 2º. Si pretende ir contra los actos que se dicten en aplicación de esta nueva promoción interna, entiendo que no va a poder ir muy lejos incluso ante los tribunales. Me parece un claro ejemplo de desviación procesal, pues todo lo referente a las incidencias habidas en su día no guardan relación con el procedimiento actual en el q te verás inmerso. 3º.Cosa distinta es q su denuncia, sea tratada como una solicitud de revisión de oficio de tu nombramiento (o el de todos los q os encontrais en esa situación), en la que su legitimación por lo menos resulta discutible. Además, habiendo transcurrido 13 años, sino recuerdo mal, incluso si se le pudiera entender legitimado, el transcurso del tiempo puede erigirse en un obstáculo pleno para que esa revisión que tu compañero podría plantear llegara a buen puerto.
Al menos, que veas que las cosas no son en todos los casos blancas o negras. saludos!
perfil dp
11/12/2005 08:35
Desde luego la culpa no es suya. Pero vds. van a sufrir las consecuencias. Si la convocatoria establece que deben ir a escalar el Himalaya, si ese requisito no se cumple, no se supera. El alcalde o el secretario podrán decir y hacer lo que quieran, pero jurídicamente vds. no superan las oposición y, por ello, no adquieren la condición de funcionarios. Porque, ahora cómo se arregla esto? Tenga presente que el alcalde, probablemente, ya no gobierna, y el secretario es un funcionario con su puesto fijo, tras oposición superada, que está bajo mando del alcalde, es decir que su puesto sí que es inamovible.
Si se sabe, que se sabrá, públicamente lo sucedido, todas las denuncias que haya cursado, detenciones praticadas, atestados instruidos, etc. serán nulos de pleno derecho, lo que significa que no sirven para nada ya que nunca han existido jurídicamente. Ocurre igual que si yo denunció su vehículo y paso la denuncia a tráfico. Como no soy agente de la autoridad hay incompetencia manifiesta, nulidad absoluta. Eso es lo que les va a pasar a vds. Además, tenga presente que la responsabilidad penal es estrictamente personal, y si un ciudadano denunciado o un delincuente detenido lo denuncia por falsedad documental o detención ilegal, etc. el procesado va a ser vd. y no la alcaldía, el ayuntamiento, el secretario o la corporación (no pretendo asustarle, sino sólo concienciarle sobre los riesgos que está corriendo en su situación).
La solución? no la sé. Posiblemente se hará algún apaño extraño, con lo que el problema puede solucionar, o agravarse. Si la justicia entra de lleno, en casi seguro que anule toda la convocatoria al no haberse cumplido lo que estipulaba. Ello si no se puede alegar algún tipo de prescripción, etc., cosa que ahora ignoro (y que no puedo comprobar por razones diversas). Situación que les va a dejar en una posición muy delicada.
Y no confunda el valor justicia con "la justicia" (tribunales) pues, no es que no se parezcan sino que incluso pueden ser antitéticos.
Deberían haber sido más conscientes en su día, y haber adivinado que en lugar de hacerles un favor les estaban haciendo una canallada. Porque lo que vd. dice de la inutilidad de la formación puede ser verdad, no se lo discuto, pero es lo que está regulado. Por esa lógica las Academias policiales no existirían, porque vd. cree que son muy útiles Avila, Ubeda-Baeza, Mollet, Arkaute, ...? Deberían serlo más, mucho más, pues en los libros para pasar la oposición no se aprende nada. En la academia se puede aprender algo, por lo menos se empieza a tocar un poco el material, los procedimientos, los impresos, la esturctura, el trato con los compañeros y mandos, etc. En suma, siendo la academia pésima, de algo sirve, lo que no es de recibo es suprimir una fase de la oposición por decisión personal del jefe o político de turno. Porque las consecuencias son las que ahora pueden sufrir vds.
En conclusión, no es vd. agente de policía, todo lo que ha hecho no sirve para nada, y si la justicia entra ya veremos lo que pasa, porque un principio básico de nuestro ordenamiento dice que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento. Y, vd., como agente de la autoridad, con unos conocimientos mínimos legales, debería saberlo.
Soy consciente de que su situación es injusta, al fin y al cabo, la gran culpa no es suya. Pero de la sociedad tampoco. La ciudadanía ha sido denunciada y ha tenido que pagar sanciones de tráfico nulas de pleno derecho. O sea, que eso de que "no se perjudica a terceros" no es del todo así, aunque sí que es verdad que vds. también van a ser víctimas. Con consecuencias, además, imprevisibles.
Salvo ..
10/12/2005 20:38
Mira, el tema es que resultariamos perjudicados sin tener culpa, ya que el secretario en su dia dijo que el no ir a la academia (en aquel entonces-1992- la academia era una patatada, ya que lo unico que se hacia era repasar lo ya estudiado), era justificable. hoy en dia la academia si esta mejor estructurada y la cosa varia. de todos modos al nombrarnos directamente, no se perjudico a terceras personas, ya que primero hay que aprobar todos los examenes y despues ir a la academia y los unicos que aprobamos fuimos nosotros. Tampoco veo justo que se nos perjudique sin tener culpa de nada, ya que la cagada fue de ellos. Pienso que en derecho se debe de dar la cara por los inocentes siempre que en este caso somos nosotros.
perfil dp
10/12/2005 15:49
Genial por el ayuntamiento. Y en base a qué formación realizan vds. detenciones, sancionan, identifican, etc.?
El embrollo jurídico lo tiene garantizado. La ilegalidad y nulidad de todo lo sucedido tras la decisión de la alcaldía es manifiesta, pero al tratarse de una administración pública el tema puede arreglarse de cualquier forma, con respeto a la ley, o sin él.
En mi comunidad autónoma, hace poco declararon la nulidad de un concurso-oposición de ascenso en la policía autonómica, 3 ó 4 años despúés de que los aprobados tomaran posesión de los cargos, porque las bases de la convocatoria fueron vulneradas. La justicia obligó a repetir de nuevo todo el proceso.
En consecuencia, si la base de la convocatoria establecía que el proceso selectivo dura desde la presentación de instancias hasta el nombramiento como funcionario de carrera (tras las pruebas, formación y prácticas correspondientes), no le extrañe nada que se vea realizando la formación en la academia, incluso volviendo a realizar todos los exámenes, pues la nulidad implica que jurídicamente todo lo realizado nunca fue válido, es como si no se hubiera hecho nunca. Y en su caso, la nulidad es más que evidente.
Pero lo dicho, entre políticos, .. cualquier cosa.


Funcionario de carrera, ¿fue ilegal mi nombramiento?
10/12/2005 13:43
Hola. Mi consulta seria la siguiente, resulta que hace 13 años que soy policia local en mi ciudad y cuando aprobo mi promocion, tras realizar todas las pruebas selectivas, el alcalde nos nombro funcionario de carrera DIRECTAMENTE, saltandose el mandarnos a la ESPA(escuela de seguridad publica), aduciendo que hacia falta policias an la calle.Recuerdo que en aquel entonces nos manifesto el secretario que era legal.Ahora, cuando me planteo ascender, va y dice un compañero que si llegasemos a aprobar alguno de mi promocion él impugnaria, ya que nuestro nombramiento dice, fue ilegal. Mi pregunta es la siguiente:¿ fue ilegal nuestro nombramiento?, ¿ 13 años despues nos pueden obligar a ir a la Espa, que se supone que es una escuela de preparacion, cuando ya tenemos 13 años de experiencia?, ¿este protocolo que se salto el ayuntamiento en su dia y que venia recogido en el BOP( bases), ha caducado?.
Solo un apunte mas, resulta que las bases de mi promocion salieron en abril de 1992 y el decreto que regula la formacion movilidad etc..para la Policia local de la junta de andalucia salio en noviembre de ese mismo año, osea con posterioridad. GRACIAS