Soy funcionaria de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha y cambié de destino en un concurso de traslados, en el puesto en el que cesaba era Cajera Pagadora en el Servicio Público de Empleo , tomando posesión del nuevo destino el 4 de diciembre de 2009 como auxiliar nivel 15 en los Servicios provinciales de Economía y Hacienda.
El SEPECA (Servicio Público de Emplo de Castilla la Mancha al ser un organismo autónomo tiene un CIF distinto al de la Junta de Comunidades.
Hechas estas aclaraciones paso a exponeros mi problema.
Yo tomé posesión del puesto de auxiliar el 4 de diciembre de 2009, la nómina de enero de 2010 me la paga el SEPECAM con el salario correspondiente al puesto del que había cesado y la nómina de febrero (y las siguentes) me la paga la Junta de Comunidades pero regularizándomela con la de enero en la que me habían pagado demás, es decir en la nímina de enero el total devengado es de 1.830,85 (bruto) cuando deberían haber sido 1.517,63; por lo que la nómina de febrero la regularizan restando la parte correspondiente al exceso de la de enero siendo 1.204,41.
La Junta de Comunidades expide dos certificados de de IRPF, para el ejercicio 2010.
He solicitado a la Junta que me expida un sólo certificado puesto que durante todo el 2010 yo trabajé en los Servicios Provinciales de Economía y Hacienda y mi sueldo de enero (al regularizarlo) es el correspondiente a el puesto que estoy ocupando.
La Junta me ha emitido un informe para acreditar ante la Agencia Tributaria que efectivamente es un sólo pagador.
En caso de que la Agencia Tributaria no admita dicho informe, ¿qué tipo de recurso puedo interponer?, de haberlo ¿Como puedo obtener el modelo?
Lo que no veo es qué motivo puede tener la Agencia Tributaria para no admitir el informe, no creo que sean tan raros.
En todo caso, si te lo rechazan (por escrito) puedes interponer recurso de reposición o reclamación económico administrativa. Para el primero hay un modelo en la web de la AEAT, para el segundo no hay modelo, es un escrito libre, incluyendo los datos que exige la normativa.
Por otra parte, no entiendo muy bien, si tomaste posesión del nuevo puesto en 4-12-2009, por qué te pagó enero el anterior destino, ¿es que no controlan las bajas en nómina?.
En primer lugar agracederle su tiempo y atención.
Sobre la duda de porqé me pagan en enero la nómina del anterior destino: Eso mismo les pregunté yo, en el puesto que ocupo ahora estoy en personal y yo misma les envié la documentación de la toma de posesión en 9 de diciembre, la respuesta es que ellos (Servicio de retribuciones) la documentación la reciben el 28 de enero y la nómina ya está cerrada.