Hola a todos, soy nuevo en el foro y espero que alguno podais ayudarme. Tengo la intencion de presentar recurso de reposicion contra una orden ministerial en la que se convocan unas plazas de ibre designacion. En esta orden se especifica que los solicitantes de los puestos deberán reunir, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 901/2009, de 22 de mayo, la condicion de encontrarse en servicio activo. Sin embargo, en el citado Real Decreto se indica que lpara ser DESIGNADO para uno de estos puestos sera requisito estar en situacion de servicio activo.
Por tanto, a mi juicio, la orden ministerial excede el requisito legal expresado en el Real Decreto, al indicar que el requisito de estar en activo se debe aplicar no ya en el momento de la designacion, sino desde el momento de optar a uno de estos puestos. Me gustaria saber vuestra opinion al respecto, para tener la seguridad de que mi alegacion puede tener realmente algun sustento juridico.