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fuera o dentro de ordenación

6 Comentarios
 
18/11/2013 20:20
Para Anafen:

Dependiendo de la superficie de la parcela, esos 10 m², podrían estar dentro de la tolerancia.
18/11/2013 12:33
Alga: gracias por tu respuesta.
No quiero ampliar la vivienda ni nada parecido, lo que quiero es que siga dentro de ordenación.
Cuando fuimos al registro de la propiedad para ver si tenía cargas le comentamos que con los metros de parcela que sale en la nota simple (que son los reales) no entraba dentro de ordenación, la parcela tiene 205 m2 y en el ayuntamiento nos dijeron q tendría q tener 215 m2 como mínimo. Y en el registro de la propiedad nos dijeron q se puede pedir un exceso de cabida del 5% y cambiar la superficie de la parcela a la hora de las escrituras. Hemos preguntado al ayuntamiento si haciendo esto la vivienda quedaría dentro de ordenación y aún no tenemos respuesta.
Sé que aún fuera de ordenación puedes hacer obras de mantenimiento,etc...pero el problema está en pedir una hipoteca, que parece ser que ahora lo miran y no te la dan.
A parte que me da un poco de cosa invertir tanto dinero en algo q no cumple al 100%.
18/11/2013 10:36
No se si interpreto mal el problema planteado. Si lo que pretendes es ampliar la vivienda existente creo que no te va a ser posible si un futuro planeamiento no determina lo contrario.

Las construcciones y edificaciones implantadas legalmente de acuerdo con un planeamiento urbanístico revisado o derogado que no se ajusten a las determinaciones del nuevo PGOU, quedan en situación de disconformidad con el mismo.

La normativa urbanística del PGOU establecen las determinaciones que has explicado, pero también la clase de obras permitidas en las construcciones legales que resultan disconformes con las determinaciones del nuevo planeamiento.

En todo caso, puesto que la vivienda es perfectamente legal, las obras que la normativa debe autorizar en ella son las de higiene, seguridad, salubridad, reforma y consolidación, rehabilitación, modernización o mejora de la estética y funcionalidad y las necesarias para cumplir, si no lo hiciera, con las normas de prevención de incendios, instalaciones de infraestructuras propias de la vivienda, cumplimiento del CTE y supresión de barreras arquitectónicas.

Mi opinión es que si compras la vivienda podrás hacer en la vivienda las obras que consideres necesarias, excepto aumentar la edificabilidad.

De todas formas verífica si la normativa urbanística lo tiene así establecido.
16/11/2013 19:12
Antes de nada gracias por las respuestas. Os comento que la vivienda es nueva, cuando la construyeron cumplieron todas las normativas, pero el nuevo plan urbanístico que está pre-aprobado ahora pide para poder edificar que la parcela tenga 450 m2. A las construcciones anteriores les dan un margen del 30%, con lo cual esta parcela tendría que tener 315 m2, pero sólo tiene 305 m2. El resto lo cumple todo, distancia al vial, frente, % edificado...sólo esos 10 m2 de parcela. Al no estar vendida nadie se preocupó de hacer las alegaciones en su momento en el ayuntamiento y ahora ya está fuera de plazo. La vivienda nos interesa mucho pero evidentemente no vamos a comprar algo fuera de ordenación por todo lo q ello conlleva. Hay algo más que se pueda hacer?
16/11/2013 12:20
Para que esté fuera de normativa, en mi opinión, deberá existir un exceso de edificabilidad, que no es el caso.
perfil veo
15/11/2013 19:46
si el único incumplimiento de la nueva normativa son esos 10 m2 de superficie de parcela, no creo que alguien pueda poner reparos a esa rectificación de dato de superficie ... hasta el punto que difícilmente podría probarse que no alcanza la superficie mínima
Fuera o dentro de ordenación
15/11/2013 07:58
Hola. Una vivienda se queda fuera de ordenación pq con la aprobación de un plan nuevo esa parcela necesitaría tener 10 metros más para quedar dentro de la normativa. En el registro de la propiedad nos dijeron q se puede pedir un exceso de cabida para completar esos 10 metros. Si compramos esa vivienda y en las escrituras se rectifica ese dato, puede entonces la vivienda quedar dentro de la normativa? Agradezco si alguien me saca de dudas.