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fuera de ordenacion

10 Comentarios
 
Fuera de ordenacion
31/07/2010 22:22
Hola. Quiero denunciar que en una casa que aparece como fuera de ordenación en el planeamiento han hecho mas obra de lo permitido. ¿Si lo denuncio en el ayuntamiento sin aportar pruebas me harán caso? ¿o lo normal es que pasen de la denuncia? Gracias
01/08/2010 12:41
Denunciando sin pruebas y no resulta cierto lo denunciado, te arriesgas a saber lo que vale un peine.
01/08/2010 13:15
gracias alga, lo de la sanción no lo sabía; pongamos que es cierto lo que digo, ¿cómo lo comprueba el ayuntamiento?¿se presenta un técnico en la casa por sin avisar?... porque como les avisen antes tienen tiempo a cambiarlo y no les pillan....
02/08/2010 14:00
No digo que vayan a sancionarte, podría ser mucho peor si como consecuencia de una denuncia se paralizan cautelarmente unas obras y despues resulta que todo está en regla.

¿ Quien crees que pagaría los daños y perjuicios causados ?

Supongo que el ayuntamiento tendrá aprobado su procedimiento de como actuar que, como comprenderás desconozco.
03/08/2010 19:45
Cualquier ciudadano puede denunciar una obra que a su entender incumple con el planeamiento. Es deber en este caso del Ayuntamiento, proceder a su inspección técnica.
La denuncia no le causa ningún perjuicio al denunciante, salvo el problema personal con el promotor.
Lo que dice alga sobre daños y perjuicios causados, no es cierto. Esto solo se produce en caso de denuncia ante el juzgado, pero no ante el Ayuntamiento.
03/08/2010 22:56
Efectivamente, Acritón. No sé de donde se ha sacado Alga esas ideas. El denunciante no hace sino poner de manifiesto unos hechos y el ayuntamiento es el que tiene que proceder de oficio y actuar en consecuencia si constata los hechos denunciados.

Ocho, ¿cómo quiere que sepamos si le van a hacer caso o no?

Un saludo.
03/08/2010 23:12
gracias por la información; lo que quería decir es que si a los ayuntamientos en general les preocupa y quieren resolverlo o "pasan" porque es algo que hace mucha gente; la mejor manera de comprobarlo es ponerlo en conocimiento del ayuntamiento y a ver que pasa.
04/08/2010 16:02
Disculpad, reconozco que mi explicación no ha sido todo lo afortunada que debiera, y es que cuando se escribe con prisas la precisión suele brillar por su ausencia.

Intentaba decirle a Ocho que si considera que las obras en ejecución perturban la ordenación urbanística vigente y presenta denuncia es CONVENIENTE aportar pruebas de los hechos.

Iniciadas las gestiones para determinar la veracidad de los hechos denunciados y ante la imposibilidad o negativa por parte de Ocho de aportar las pruebas que pudieran requerirle, el ayuntamiento podría ( digo podría ) acordar el archivo de la denuncia si de dichas diligencias estimara desvirtuados los indicios iniciales.

Llegado ese momento Ocho podrá aceptar la resolución notificada, pero también tendrá a su alcance intimar la cesación de la actividad si considera que el ayuntamiento, no ajustándose al procedimiento legalmente establecido, actúa antijurídicamente .

Y como suele ocurrir cuando se llega a una situación semejante, ante la presumible inactividad del ayuntamiento, Ocho deberá acudir a la vía contencioso-administrativa, para intentar hacer valer su pretensión de suspensión cautelar de las obras supuestamente ilegales hasta que el juez dicte sentencia.

¿ Dicha sentencia le será favorable, desfavorable ?, esa es la cuestión, según sea el pronunciamiento las consecuencias podrían ser diametralmente opuestas.
04/08/2010 20:20
Estoy de acuerdo con alga. Ocho debería (si las obras le perjudican directamente) contratar un técnico que levante un informe pericial con fotos del estado actual. Ese informe pericial debe aportarlo al Ayuntamiento y así evitaría el "posible compincheo".
04/08/2010 21:07
Y sin necesidad de la existencia de un perjuicio directo, Acritón.

Ocho, como todo ciudadano en el ejercicio de la acción pública, puede exigir de la administración competente y de la jurisdicción contencioso-administrativa, la observancia de la legislación urbanística mediante las acciones o recursos que estime oportunos, pero sin aportar pruebas, me temo que poco caso le van a hacer.

Imaginemos por un instante la situación a la que podría llegar un ayuntamiento, ante la masiva denuncia verbal de infracciones urbanísticas sin aportar prueba alguna de los hechos denunciados, sería el caos para el departamento urbanístico y los servicios jurídicos.
05/08/2010 01:33
Entiendo. Si no aporto alguna prueba es posible que el ayuntamiento lo archive; la prueba que presentaré será una foto de la obra donde se ve claramente que la vivienda se está "ampliando", se le están añadiendo metros cuadrados en la planta baja y eso en el ayuntamiento lo podrán comparar con la superficie de la vivienda que aparezca en el planeamiento, catastro o donde sea; las obras no me perjudican directamente a si que no voy a pagar un informe pericial, pero quiero denunciarlo. Gracias por la información.