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Fuera de ordenación urbanística

1 Comentarios
 
07/09/2010 12:53
El volumen y la superficie hay que considerarlos en general como máximos. La altura del techo hay que considerarla en general como un mínimo. En cualquier caso hay que estar a lo que diga el PGOU o las NNSS y atender a lo escrito negro sobre blanco en su redacción, cotravenir PGOU o NNSS deja los edificios fuera de ordenación como no puede ser de otra forma.
Fuera de ordenación urbanística
06/09/2010 23:19
Hola, quisiera saber si la legislación contempla que construir menos volumen del que permite las normas urbanísticas es motivo para que la construcción sea declarada fuera de ordenación o si los límites de superficie que se puede construir establecidos en las normas se consideran como máximos. Gracias