Buenas tardes, se me ha planteado la situación de un constructor que vende una vivienda a través de una inmobiliaria. La inmobiliaria consigue captar a un comprador y se firma la reserva de la vivienda.
Sin embargo, poco después el comprador se ha echado atrás y el constructor no va a recibir nada más que el dinero entregado por la reserva. Sin embargo la inmobiliaria reclama la totalidad de su comisión.
¿Debe pagarse la totalidad de la comisión a la inmobiliaria en el caso de que el comprador haya decidido echarse atrás? Tengo entendido que el Tribunal Supremo establece que sí. ¿Alguien puede aclararlo?