Buenas, tengo una consulta y necesito ayuda sobre un caso, en resumen:
Una familia planifica la sucesión del cónyuge aprovechando la exención casi total de la legislación para sucesiones mortis causa e inter vivos en el Impuesto de Sucesiones. Un abogado les aconseja que otorguen donación de la propiedad de sus bienes a los hijos, reservando el causante el usufructo universal por lo que una vez producida la sucesión al extinguirse el usufructo por fallecimiento, los herederos consolidarían el dominio y adquirirían la propiedad.
MI CONSULTA ES: ¿Ante qué figura estaríamos? Yo pienso que se trata más de economía de opción que de fraude de ley pero...