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¿Fraude fiscal?

1 Comentarios
 
21/06/2013 19:12
Por cierto, no lo comenté, pero se sobreentiende que Y tiene su domicilio fiscal y reside en Hong Kong, claro, por lo que no tributa IRPF en España.
¿fraude fiscal?
21/06/2013 19:10
Buenas tardes a todos,

Verán, soy estudiante de Derecho y Económicas y, en una conversación reciente que mantuve con un amigo, me preguntaba sobre las posibilidades reales que existen para "pagar menos a Hacienda", por así decirlo. He estado pensándolo con detenimiento, y se me ha ocurrido un sistema para relajar la presión impositiva de las rentas de una persona física que obtiene a través de una sociedad (dividendos), pero no estoy seguro de si es viable o incluso de si es ilegal. El sistema es el siguiente:

Supongamos una sociedad ASA propiedad de una única persona física llamada X, con un hijo/amigo/cónyuge que se llama Y. A qué se dedica ASA no nos importa (o al menos supongamos que no nos importa), pero existe otra sociedad BSA, propiedad de Y, radicada en un territorio de nula tributación (digamos por ejemplo Hong Kong), a la cual ASA le contrata servicios externos (por ejemplo, servicios de marketing, financieros, etc), constando tales pagos como gasto en la contabilidad de ASA.

Los ingresos de ASA ascienden a (pongámosle) 70.000 euros, y los gastos de BSA ascienden a 65.000 euros. Estamos prescindiendo de gastos de personal y demás para simplificar las cosas. Nos queda entonces que:

INGRESOS: 70.000
GASTOS: 65.000
BENEFICIO: 5.000

Ahora bien, de ese beneficio 1250 corresponden al IdS, mientras que los 3750 restantes van a dividendos que cobra X. 1000 están exentos, por lo que el beneficio neto queda en 2513 euros.

Por otro lado, la sociedad BSA tiene ingresos únicamente los gastos de ASA (65.000 euros). Como los ingresos los ha obtenido desde España, en Hong Kong no paga impuestos. Esos 65.000 euros pasan a Y que los percibe en dividendos. Y lo que hace entonces es transferírselos a X como si fuera una donación, pagando pongámosle un 14% de impuestos a la Hacienda Española. Por lo tanto, X recibe 55.542 euros en concepto de transmisiones inter vivos, que sumado a los anteriores 2513 sale unas rentas aprox. de 58.000 euros, habiendo pagado únicamente un 17% de impuestos cuando de otra forma hubiera tenido que pagar los del IdS por 70.000 y después los dividendos por el IRPF.

Mi pregunta es: ¿Es esto factible? ¿Es legal?

Gracias de antemano.

PD. Es simple curiosidad académica.