resulta que el año pasado alquilé una oficina por 600 euros al mes por un plazo de un año.
ahora se extingue el contrato y el arrendador, aunque en el contrato figura que la subida sería según ipc, como el contrato se extingue quiere hacerme una subida del 4%, haciendo un nuevo contrato anual, tras el cual me ofrece como gran concesión que el año que viene solo me subirá a 650 ipc de este año, es decir otro 4% ipc, ya que según el subirme este año solo el 4% es una concesión pues lo justo le parecería subirme a 650 ahora, es decir un 6, 33% .
Le argumenté que la ley de arrendamientos urbanos le obliga a una prórroga de 4 años más del contrato inicial, a lo que responde que esa ley es de aplicación a viviendas y no a oficinas.
agradecería algún consejo o aclaración para saber si es de aplicación la prórroga también para oficinas.