Ruego a los entendidos, me aclaren si lo que esta haciendo el tribunal medico del i.n.s.s. E.v.i., amparandose en el art. 128.1, de la l.g.s.s., dando altas a trabajadores sin estar curados, tanto si tienen cancer, como cualquier otra dolencia, obligandoles a acudir a su puesto de trabajo, ya sea conductor de autobuses o camionero y exponiendo al trabajador y viajeros del autobus en peligro de sufrir un accidente mortal de trafico, se trata de un fraude de ley, porque segun el art. 7, del codigo civil, que dice la ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo. Todo acto u omision que por la intencion de su autor, por su objeto o por las circunstancias en que se realice sobrepase manifiestamente los limites normales del ejercicio de un derecho, con daño para tercero, dara lugar a la correspondiente indemnizacion y a la adopcion de las medidas judiciales o administrativas que impidan la persistencia en el abuso. Me pueden decir si estamos en este caso y si se esta cometiendo fraude de ley ??, saludos.