Yo pienso también que si, basandome en que está fuera de esta protección al tratarse una toma de datos para uso personal.
También pienso que no será necesario el consntimiento de la parte contraria para utilizar estas fotografias en juicio, pues según la LOPD, no será necesario el consntimiento de la cesión de datos si la utilizacion tiene por objeto la satisfacción de un interés legítimo y lo autoriza una norma con rango de ley.
Que pensais?
las matrículas son públicas... tú puedes ir a cualquier oficina de tráfico y preguntar por el titular de ese vehículo, al menos que yo sepa...
De todas formas, ya te digo casi con toda seguridad, las matrículas no son datos protegidos por la LOPD, salvo la de coches oficiales y de las FFSS, por razones de seguridad.