Hola; tenemos un problema con nuesta empresa. Pertenezco al departamente de produccion de una empresa de biocombustribles y tenemos firmado un convenio previo a la firma de contrato indefinido (curiosamente) por el cual, estamos obligados a realizar 80 horas de formación anualmente; asi mismo en el mismo documento se describe que nuestra jornada laboral es de 12 horas (trabajamos en produccion continua y nuestros turnos de trabajo son de esa duración). Debido a la distribución de nuestro calendario laboral con estos turnos tenemos periodos de 10 dias de descanso cada 3 semanas y media.
El problema que tenemos con la empresa es que nos quiere obligar a la realización de un curso de "bomberos" ya que somos equipo de primera intervención alegando para la realización de ese curso la citada clausula citada anteriormente de las 80 horas de formación. El problema que tenemos es que se nos obliga a realizar dentro de nuestros periodos de descanso no dandonos la posibilidad de realizar dicho curso dentro de nuestros dias de trabajo. Como nosotros no trabajamos mas de 3 dias entendemos que tengamos que utilizar algun dia de descanso para la realización de dicho curso pero reciviendo alguna compensación por ello (dinero, dias de descanso, etc.) a lo que la empresa se niega alegando la clausula arriba descrita y por la cual tenemos un aumento en nuestra turnicidad.
Intentando una negociacion con la empresa, hemos solicitado que se nos indique que porcentaje de esa ayuda corresponde a la formación y cual al hecho de estar a turnos de "12 horas" para intentar negociar esa cantidad a lo que la empresa no nos ha respondido y ademas dice que si los trabajadores queremos romper esa clausula se romperia tambien la jornada de trabajo de 12 horas..
Viendo que el año se acaba la empresa pretende obligarnos a realizar el curso en Diciembre para justificar el gasto dentro de los presupuesto de formación.
Mis dudas son las siguientes:
Es vigente esa clausula en el contrato? Se puede obligar a la empresa a rompera o a renegociarla?
Son inseparables los dos puentos a tratar (jornada de 12 horas y 80 horas de formación) o se pueden separar?
En caso de que la empresa nos intente obligar a la realización del curso, con cuanta antelación se nos ha de informar a los trabajadores?
Tiene que haber un calendario formativo en estos casos publicado con anterioridad?
Que consecuencias podria tener la negativa a la realización de la formación?
Se puede cambiar el centro que imparte el curso? (Esta situado en otro comunidad autonoma y tenemos centros acreditados mas cercanos)
Que tipo de remuneración nos corresponderia en el caso de tener que desplazarnos y proceder a su realización?