Buenos días.
La ETT con la que estoy contratado me está pidiendo con carácter obligatorio el realizar una formación de 20 horas, el curso es de prevención de riesgos.
Hasta ahí todo conforme pero cuando me dicen el horario del curso resulta ser fuera de mi jornada laboral y sin remunerar.
Es decir, no me pagan las horas que he de invertir de mi tiempo de descanso para realizar el curso.
Esto es así? O me han de remunerar la horas que realizaré de curso?
Me puedo negar a realizar el curso por no ser remunerado?
De antemano muchas gracias por las posibilidades respuestas.
Buenas
Al ser una formación de prevención de riesgos no puedes negarte a realizarla pero las horas si no pueden ser en horario de trabajo tienen que ser compensadas.
Por otro lado yo he trabajado en empresas a través de ETT y es el peor cáncer o uno de los peores que puede haber, si no aceptas lo que te proponen como los contratos son temporales con no renovarlo tienen solucionado.
Depende de usted, como le dice Manure o traga y le renuevan o no traga y demanda, (si las horas son fuera de la jornada se abonarán al precio de la h.e.), la formación en PRL es obligatoria, y cobrará pero seguramente no renueve.