El hecho de que tenga que trabajar en España es debido a que tengo que renovar licencias internacionales en mi país de origen, a priori, para poder seguir ejerciendo en ese ámbito, el internacional. Para ello, según la legislación internacional, el estado en cuestión debe habilitar los cauces necesarios para posibilitar una formación continuada a los trabajadores.
Ahora bien el Estado Español, a pesar de que debería, no me proporciona esa formación, a juzgar por las largas que me están dando las instituciones competentes.
Impidiéndome continuar con mi ejercicio profesional y viéndome abocado, lo cual considero una desgracia fundada, a trabajar en este país.
¿Es posible exigir esa formación?
En el caso de no proveérseme por parte del Estado Español y verme obligado a realizar estos cursos/actualización de licencias de forma privada, hacia esto nos fuerza interesadamente el sistema, u obtenerlos con unos costos inferiormente significativos en otro país, ¿Obtendría alguna ventaja fiscal en la próxima declaración de IRPF por ser ciudadano de segunda? Sin acritud.
Como siempre gracias de antemano por sus respuestas.