¿Seguro que la culpa es del legislador y la LPH no es clara?
¿No será que los que se dedican a interpretarla son unos retorcidos?
¿No será que en este país todos sabemos más derecho que los Abogados, más medicina que los médicos y más arquitectura que los arquitectos y nos entrometemos en todo y criticamos con excesiva ligereza y soberana alegría y tratamos de dar clases a los administradores de lo que hay que hacer? ¿No será que en realidad en las comunidades de propietarios impera sobre todas las cosas la ley del embudo y en realidad lo que ocurre es que ciertos propietarios tienen en las mismas su coto privado para hacer y deshacer a su antojo mientras que el resto calla y reprocha al administrador que no intervenga para evitar este tipo de atropellos?
En mi comunidad, como en muchas otras, hay dos impresentables que tratan de hacer todo lo que se les antoja y a los que el Administrador no planta cara porque no es esa su misión. ¿Quien les planta cara? En mi urbanización soy yo quien les para los pies y te aseguro que no se atreven a toserme. En otros casos, probablemente nadie hace lo propio, mas sin embargo, esos mismos que se callan y soportan los abusos de otros propietarios son los que reprochan al administrador que no haga nada y encima les sirva a sus intereses.
En mi opinión no es esa la función del administrador y si quienes tienen que reaccionar no lo hacen, no creo que tenga que hacerlo un tercero.
En cuanto a la LPH, le diré que en líneas generales no es tan mala como algunos pretenden, ni tan difícil de entender ni de interpretar.
DickTurpin, el hecho de que no es fácil la Propiedad Horizontal ¿no tiene la culpa los Legisladores?
¿Para que los abogados coman?
Si los Legisladores no nos tomasen el pelo con la LPH, o la hiciesen más clara, no pasarían estas cosas.
Pero siguiendo con el tema de los Administradores, te preguntaría, ¿se quejan los Propietarios por gusto?, o es más bién, que en la forma que está la LPH, aunque diga que tiene unas funciones, cuando no las cumple, ¿le apremia la Ley?
¿Sabes de alguna Ley que castigue a los Administradores por no cumplir?
Ni simplifiquemos tanto las cosas amigo fontanero que si fuera tan fácil la propiedad horizontal no habría tanta gente solicitando información a determinados profesionales, ni habría tantas dudas de interpretación ni tanta bibliografía, ni tanta jurisprudencia.
Yo puedo prescindir de absolutamente de todo. Incluso de los cirujanos ¿quien necesita un cirujano si no está enfermo? Desde ese punto de vista sustituir a un cirujano es exactamente lo mismo que sustituir a un Administrador; cada uno en el ejercicio de su profesión específica.
Cuestión distinta es que me digas que no es lo mismo porque la mayor parte de la población se cree perfectamente capacitada para administrar diligentemente una finca y carece del conocimiento necesario para operar con éxito.
Sin embargo, en mi opinión, dicho sentimiento es subjetivo y erróneo porque si bien es cierto que cualquiera sabe coger el teléfono y llamar a un fontanero o a un electricista, no es menos cierto que son menos los que tienen conocimientos técnicos, económicos y jurídicos para desempeñar profesional y diligentemente una profesión cuya función ha sido simplificada exageradamente.
Una comunidad de propietarios puede prescindir de un administrador, pero cuanto más compleja sea, mayor necesidad de contar con los servicios de un administrador tendrá.
Tan demagógica puede ser mi intervención como la frase de Acritón. La necesidad de tener Administrador no se reduce a la cuenta del banco, señor fontanero y los problemas de las comunidades de propietarios exigen de la intervención de profesionales debidamente preparados para ser resueltos satisfactoriamente en interés general y no en el de unos pocos.
Sustituir a un cirujano no es lo mismo que sustituir a un administrador de fincas.
¿Se puede sustituir o suprimir a un portero de finca?. Si su trabajo no es funcional evidentemente que sí. Igual ocurre con un administrador, depende su funcionalidad y eficacia. La ley no establece la obligatoriedad de tenerlo lo que significa que no es ningún cirujano.
Funcionarios al servicio del Ministerio de Justicia.
Los pagamos todos.
¿Para qué necesitamos Abogados? Vamos al Juez le contamos nuestro problema y que decida.
¿Para qué necesito un Arquitecto si yo también me se diseñar una vivienda? ¿Y para qué necesitamos Ingenieros si nosotros nos las sabemos ingeniar solitos?
¿Y los médicos? Si ya nos automedicamos solitos.
Lo de eliminar a los cirujanos no me acaba de convencer.
en la comunidad ultimamente hay robos en las viviendas,con la famosa radiografia o similar abren la puerta que da acceso a las viviendas.se puede cerrar con llave dicha puerta estando la comunidad por unanimidad de acuerdo? gracias
Cuenta corriente bancaria de la Comunidad.
En esa cuenta ingresan TODOS los propietario.
De esa cuenta se emitten cheques para TODOS los pagos.
Conclusión:
El extracto de esa cuenta, es la CONTABILIDAD de la Comunidad. ¿Para que hace falta un administrador?.