queria saber porque me han denegado la prestación gracias, se supone mi abogado estaba al tanto. (H-01) Respecto a : Ha trascurrido más de un año desde el Auto de
Homologación y archivo los autos de ejecución 94/2017 de fecha 20/02/2018 hasta el escrito instando la reapertura de la
vía de apremio y continuación de la presente ejecución , señalando bienes susceptibles de embargo (auto de
23/07/2019),. De esta forma se ha producido la prescripción del derecho a solicitar del Fondo de Garantía Salarial el
pago de dichas prestaciones, conforme a lo prevenido en el art. 33.7 ET en relación con el art. . 59.2 del mismo texto
legal.
Hola a tod@s:
Supongo que como muchos extrabajadores de este país que nos quedamos sin trabajo y sin cobrar hemos pasado a manos del FOGASA. Yo soy de Madrid y llevo casi 15 meses esperando a cobrar y a día de hoy, nada de nada. Hay algunos foros que informan sobre la situación y por dónde van pagando. Supuestamente en Mayo estaban pagando los expedientes presentados en Marzo del 2012. Ahora para que te atiendan tiens que hacerlo por cita previa y tardan dos meses en dártela. En junio estuve y me dijeron que mi expdiente de Abril había psado al instructor que no tardaría en cobrar, pero por medio del dni electrónico veo que sigue en situación de entrada.
Me gustaría saber si alguien puede aportar alguna información al respecto, ya que en el FOGASA, no aportar ningún tipo de información y esto ya es desesperante. Gracias de antemano.
Hola noelia , te recomiendo que abras un hilo nuevo, con todas las dudas que tengas, las horas si no se las pagan en el finiquito y este todo correcto que ponga no conforme , en el.Tendra 12 meses para hacer una reclamacion de cantidades,pero te digo lo anterior abre un nuevo hilo en el que se comente solo tu caso, asi seria mas sencillo poder ayudar , este hilo es de hace muchos años.
hola:
Mi hermano lleva trabajando para una empresa 11 años y en este mes lo van a despedir y pagarle el 60% de la indemnizacion y el 40% fogasa.
-quien debe presentar los papeles del fogasa la empresa o mi hermano?
tambien queria preguntaros sobre las horas extras que ha presatado en esta empresa y que no selas pagaron donde puede declararla?espero que alguien me pueda ayudar con estos temas
gracias
Hace 2 años me despidieron improcedentemente de mi trabajo. Denuncié por CCOO y me ha pagado ya por suerte el Fogasa pero el abogado me ha dicho que tengo que pagar el 70% a la seguridad social y es lo que no entiendo. Después del despido percibí el subsidio por desempleo o ayuda familiar (6 meses) ya que me quedé a un mes del paro y luego la ayuda de 420€ (la famosa ayuda de ZP) que terminé de cobrar en febrero del año pasado. Desde entonces no estoy trabajando ni percibo ninguna otra ayuda. Por favor necesito que alguien me explique y me oriente ya que mi abogado no sabe del tema y dice que me haga la loca al respecto! AYUDA POR FAVOR!
hola!!necesitaria que alguien me solucionara un poco mi duda: en noviembre me despidieron. puse una demanda por despido y otra por impago, ya que llevaba 2 meses sin cobrar, vacaciones sin disfrutar, pagas dobles y paga de beneficio, tampoco me pagaban indemnizacion. presente todos los papeles a fogasa,al cual le pido tambien las tramitaciones salariales, la empresa se iba a declarar insolvente. en diciembre se celebro el acta de conciliacion, en febrero el juicio por despido, el cual estaba visto para sentencia, entre otras cosas apuntar que mis exjefes no se presentan a los juicios. y me han dicho que hasta el año que viene no seria citada para el juicio por impago. he firmado un poder para que lleven los papeles pero la verdad que o la cosa no se mueve o no estoy muy bien informada. en fin mi pregunta seria, cual es la cuantia maxima que me pagaria fogasa y cuanto tardaria, ya que como digo el juicio por impago no seria hasta el año que viene. espero que alguien me solucione mi duda, ya que he leido en otros sitios que fogasa esta pagando en 3 o 4 meses. hemos ido mas compañeras de la empresa y decir tambein qeu soy de badajoz, por si cada comunidad tiene distintos criterios. gracias un saludo
Hola mi novio el dia 15 lo despiden y ha declaro perdidas,y ha hecho un despido objetivo 40% el fogasa y yo quisiera saber la empresa tiene que presentar algun papel de perdidas
Donde se apunta y como puff tengo muchas dudas jjj
-Las nóminas deben estar firmadas por la empresa y trabajador.
-Que hayáis firmado con disconformidad da igual ya que tenéis que adjuntar Declaración Jurada alegando que no habéis apelado ni demandado el despido. La solicitud del 40% se presentará una vez vencido el plazo para apelar, éste es de 20 días hábiles tras producirse el despido.
Buenos días, estamos pensando en solicitar el 40%, pero tenemos algunas dudas:
-Las nominas no están firmadas, ya que tenemos una transferencia bancaria por el pago de las mismas. ¿Habría algun problema si les adjuntamos el reporte de la transferencia junto con el recibo de nomina?
-Si tanto la carta como el finiquito, lo firman "recibido pero no conforme", valdría???
Muchas gracias.
Me gustaría saber si el Fogasa también se hace cargo de la parte correspondiente a las horas extras y dietas no estando éstas incluidas en nómina siempre y cuando la empresa haga por escrito un reconocimiento de ésa deuda. Muchas gracias.
Ahora que leo con mas calma tu úñtima pregunta, veo que me preguntas la hora y te contesto, amarillo.
Si la empresa es insolvente obivamente no va a pagar ni un duro puesto que no lo tiene, con lo cual no creo que tenga la cara dura de pedir devolucion de lo que no pagó.
En ese caso, me temo que el trabajador va a tener que impugnar el despido (a la empresa le va a dar exactamente igual que sea objetivo procedente que improcedente ya que no va a pagar) y tendrá que tener una sentencia condenando a la empresa al pago. Deberá ejecutarla. Y una vez ejecutada no le va a quedar mas remedio que esperar el auto de insolvencia para poder pedir al FOGASA que se haga cargo de la indemnizacion señalada por el juzgado ademas de los salarios de tramitacion si los hubiese, hasta los imities que por ley tiene señalados: 20 dias por año hasta un tope de 12 mensualaidades con un valor maximo/dia del duplo del SMI incrementado en el valor de las pagas y hasta 120 dias de salarios al mismo valor.
Como ya te dije. Yo, siempre que he hecho ésto, la empresa ha pagado el 100% y luego se ha resarcido a traves del FOGASA de ese 40% que obligatoriamente debe asumir.
Entiendo que si es posible pagarle solo el 60 % e indicarle en la carta que al ser la empresa de menos de 25 trabajadores y tener obligatoriamente que soportar el FOGASA el 40% de la indemnizacion (ojo dentro de los limites marcados a este organo) la diferencia tiene que reclamarsela al FOGASA. De hecho, en su día, si es la empresa la que solicita ese 40%, el FOGASA oficia al trabajador comunicandole esa solicitud por si tuviese algo que alegar.
Otros compañeros me han dicho que lo han hecho a´sí y no han tenido problema. Pero como ya te dije, en los casos que he intervenido yo, la empresa ha cubierto el 100% de la indemnizacion y luego ha soliitado la correspondiente devolución.
hola ninfa, muchas gracias por la información. Como veo que has tratado ese tema, me voy a atrever a preguntarte otra cosa en relacion con esto. Si la empresa no le paga al trabajador el 6o% que le corresponde, el trabajador puede ir a juicio a reclamar ese 60%. entonces se lo pagaría el Fogasa. Supongo siempre que será si la empresa es insolvente, no?