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fogasa

13 Comentarios
 
Fogasa
05/06/2013 18:15
Me despidieron en el mes de febrero,despido objetivo,es decir la empresa pago el 12% y el Fogasa el 8%,
Algún forero me podrá contestar,cuando me pagara el Fogasa,gracias por adelantado
05/06/2013 19:06
Al FOGASA se lo tendrás que solitar, y va a tardar.
05/06/2013 20:34
paigles,

Fue despido objetivo basado en el art. 52 del ET ?
La Empresa tiene menos de 25 trabajadores ?

Si la respuesta a las 2 preguntas, es afirmativa :
La Empresa paga el 60% y Fogasa abonará el 40% ( 12 y 8 días, respectivamente ), o sea, 20 días con el tope de una anualidad bruta.
Fogasa tiene unos límites. Si sobrepasases éstos, la Empresa debe abonarte el diferencial.
(Actual límite Fogasa 8 días por año = 7.313,14 €uros ).

SalU2
06/06/2013 10:00
Gracias Marobora por la respuesta,lo mismo que a RH Positivo.
El despido fue objetivo basado en el articulo 52 del ET y la empresa tiene menos de 25 trabajadores y el importe que me adeuda es de 2200€.
Bueno creo que se gire esperando,espero que llegue rápido,no tenéis idea de cuanto tiempo.o de que forma entrar en contacto con Fogasa par ver como esta esta situacion
06/06/2013 14:00
Pero Al Fogasa se lo tienes que solicitar tú, no te vayas a quedar esperando
06/06/2013 19:43
paigles,

La reclamación a Fogasa debes efectuarla según modelo oficial, adjuntando la documentación pertinente.
Tienes 1 año a contar desde la fecha de despido.
Una vez presentado, el tiempo de demora en el pago, depende de la ciudad donde residas.

SalU2
06/06/2013 21:02
Ya he presentado el tramite ante el Fogasa, el 6/2/13.ya lleva adentro invernando cuatro meses y resido en Santiago de Compostela Galicia,cualquier otra opinión sera muy bien recibida muchas gracias a todos
06/06/2013 21:09
No es un referente, pero en Barcelona oscila entre año/año y medio.

Un saludo muy cariñoso a Galicia.
07/06/2013 15:09
Una vez mas muchas gracias Marabora,si el mundo funcionara como este pórtico,de otra forma estaríamos gracias
13/06/2013 23:12
hola, les comento mi caso ya que estoy con una GRAN duda!!! me despidieron por situacion del mercado, estando la empresa reportando perdidas, en enero de este año y una parte de mi finiquito esta pendiente de pago por FOGAZA (que me han comentado que se demoran en un plazo de 12 - 14 meses, por mi cuenta y con suerte para abril del 2014). sin embargo mi ex-jefe que ha podido sacar adelante la empresa y con buenas expectativas, me ha planteado hace unas semanas retomar mi puesto...mi pregunta es, que en el caso que me contraten nuevamente yo pierdo ese pago pendiente de FOGASA??que pasaria??? muchas gracias de antemano, un saludo NANCY
13/06/2013 23:19
Hola paigles...Mi caso es similar al tuyo, ya que yo presente la documentacion a fogasa el 08/02/2013...Soy de sevilla y me informaron directamente alli que tienen una demora en pago de entre 12 - 14 meses...Que no me desespere porque ellos dependen de que se apruebe todo en unas oficinas de madrid!!!....Por eso es que ahora estoy con las carnes abiertas, ya que me han llamado nuevamente de la empresa para retomar mi puesto despues de casi 6 meses en el paro...No sabiendo que pasaria con ese pago pendiente!!!
15/06/2013 22:18
Hola yo me encuentro en la misma situadion que aun no he cobrado lo de fogasa.M han comentado que en breves igual me vuelven a llamar de la misma empresa.
Mi pregunta es la siguiente la misma empresa m puede volver a coger , y si es asi da deuda que me deve fogasa me la liquidara
15/06/2013 23:52
Buenas noches.

De Fogasa, si así procede una vez revisen vuestro expediente, cobraréis lo que corresponda o así esté estipulado, INDEPENDIENTEMENTE, que :
sigáis sin trabajo, encontréis uno nuevo u os contraten la misma empresa que os despidió.

La única salvedad es que, si sois contratados por la Empresa que provocó el expediente en Fogasa, la indemnización percibida de la Empresa y la futura que recibiréis de Fogasa, si no han pasado 3 años desde el despido (creo que es el caso), TRIBUTARÁ COMO RENDIMIENTOS DE TRABAJO (IRPF), tanto la de la Empresa como la de Fogasa.
Y para ello, deberéis hacer una declaración complementaria del ejercicio que corresponde la indemnización (aunque la indemnización de Fogasa se cobre 2 años después).

Resumiendo, si la misma empresa te contrata antes de 3 años, la indemnización recibida, tributa como rendimiento de trabajo y la futura indemnización de Fogasa = idem.

SlU2
14/12/2013 10:33
Hola mi empresa esta en concurso de acreedores,hay otra empresa que tenia interes en quedarse con la misma pero hoy nos hemos enterado extraoficialmente que ya no se queda con nuestra empresa pues esta debe 400000 euros a hacienda,por lo que nos van a despedir a todos.Nuestra pregunta es que tenemos que hacer tan pronto nos despidan?Somos mas de 25 trabajadores y nos deben varias nominas y otras nos las han pagado de forma fragmentada,Tenemos que esperar que tiempo para una vez que nos despidan la empresa se declare insolvente?El juicio al que segun lei que va la empresa cuanto tarda?Fogasa cuanto tarda en pagarnos?Tenemos derecho de exigirle a la empresa que nos pague parte de la liquidacion antes que esta pase al fogasa?Somos muchas madres con niños pequeños que llevamos meses sin cobrar la nomina completa?Con el dinero que nos pagara el paro no podemos hacer frente a todas las facturas,el piso etc.Por favor orientarnos lo que tenemos que hacer,si podemos exigir un adelanto de la liquidacion etc?El administrador concursal de momento no ha favorecido a los trabajadores para nada.Dice que ahora el banco sabe que la empresa salio a concurso de acreedores y no quiere dar dinero para pagar nuestras nominas.Necesitamos una respuesta que nos oriente.Gracias