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fogasa y poder notarial

1 Comentarios
 
29/09/2011 08:21
Del fogasa se puede cobrar, bien mediante representante, para lo cual se necesita un poder notarial, bien directamente por el beneficiario de la prestación. Sobre si debería confiar en su abogado, vd. verá, pero la honradez se le supone.
Fogasa y poder notarial
29/09/2011 01:53
hola he tenido el juicio de la empresa en la que trabajaba y mi abogado me dijo que cobraria por el fogasa.hoy me ha llamado diciendome que necesita que le haga un poder notarial para presentar en el juzgado y asi poder cobrar el mi dinero.¿es normal este procedimiento?.¿no puedo yo ir a cobrarlo?.deberia de confiar en el?.gracias