sabeis algo al respecto del computo de tiempo por los desplazamientos o el tiempo de descanso que no es real dado que es imposible espacio temporalmente el desplazamiento a casa y la vuelta al puesto de trabajo, teneis algo de jurisprudencia por lo de la FLEXIBILIDAD DE HORARIO.
en el contrato solo aparece A TIEMPO COMPLETO, SEGUN CONVENIO...luego no habla de la distribucion horaria, se llego a acuerdo verbal con la propiedad de una jornada de distribucion compatible con la vida personal.
tras un tiempo llega notificacion escrita de nuevos horarios
lo que me interesa es LA FELXIBILIDAD HORARIA, ruego os centreis en ese aspecto.
Hola, os expongo el siguiente caso en forma muy escueta:
La empresa impone un horario de trabajo, y el trabajador vive a 90 km del centro de trabajo, ( 90 ir, 90 volver), las supuestas horas de descanso de 1400 a 1600 no se pueden materializar físicamente por imposibilidad real de desplazarse a casa.
Existe alguna ley o derecho al que la persona en cuestión se pueda acoger a flexibilidad horaria sin que la empresa se niegue a ello.
La persona ya ha tenido un par de “sustos” (sin llegar a accidente), en el
desplazamiento y vuelta al puesto de trabajo.