Tengo una consulta fiscal que me gustaría resolver derivada de la tenencia de una CC (sin rendimiento) de la que soy titular con 1 autorizado, en el siguiente contexto:
La apertura de dicha cuenta vino motivada por la necesidad del autorizado de disponer de cierto efectivo en cuenta evitando titularidad.
Las únicas operaciones realizadas en dicha CC son fundamentalmente ingresos efectivo (cajero) por parte del autorizado y con poca periodicidad. De poca cuantia, en todo caso inferiores a 1.000€ y cuyo montante total de la cuenta a lo largo de sus 3 años de vida es relativamente bajo 3.000€.
Me gustaría saber si la operación propuesta sería susceptible de comunicarse por parte de la entidad, o que de dicha transacción y a pesar de ser titular, se derivara la necesidad de justificar los ingresos en efectivo realizados en la cuenta objeto del traspaso en cualquiera de sus periodos antes de su liquidación. Aspecto que francamente sería dificil para mí.
Realmente no se que sucede, parte del texto enviado no se ha reflejado en la consulta, la reformulo esperando mejor suerte. Gracias y discupad el embrollo.
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Tengo una consulta fiscal que me gustaría resolver derivada de la tenencia de una CC (sin rendimiento) de la que soy titular con 1 autorizado, en el siguiente contexto:
La apertura de dicha cuenta vino motivada por la necesidad del autorizado de disponer de cierto efectivo en cuenta evitando titularidad.
Las únicas operaciones realizadas en dicha CC son fundamentalmente ingresos efectivo (cajero) por parte del autorizado y con poca periodicidad. De poca cuantia, en todo caso inferiores a 1.000€ y cuyo montante total de la cuenta a lo largo de sus 3 años de vida es relativamente bajo 11.000€.
Mi intención es liquidar dicha cuenta y transferir los fondos a otra en la que también soy titular, o bien solicitar el procedimiento de traslado de cuentas de pago.
Me gustaría saber si la operación propuesta sería susceptible de comunicarse a Hacienda por parte de la entidad, o que de dicha transacción y a pesar de ser titular, se derivara la necesidad de justificar los ingresos en efectivo realizados en la cuenta objeto del traspaso en cualquiera de sus periodos antes de su liquidación. Aspecto que francamente sería dificil para mí.
El banco está obligado a notificar a Hacienda los ingresos en efectivos de cantidades de 3000€ o más, o bien cuando existen ingresos en efectivo con cierta frecuencia. Que lo hayan hecho o no, es algo que no sabemos salvo que reciba una notificación de hacienda para declarar el origen de los ingresos.
Gracias por la respuesta.
En este caso nunca se han realizado ingresos en efectivo de más de 3000€, y la periodicidad de los realizados ha sido 3 o 4 en un año a lo sumo. Hace 1 año aproximadamente que la cuenta no tiene movimientos y no tengo constancia de notificación de Hacienda.
¿Que tipo de sanciones puede suponer esta irregularidad?¿se puede mitigar-regularizar la situación de alguna manera?
A partir de aqui, ¿una transferencia entre cuentas del mismo titular por importes superiores a 3000€ serían notificados? si lo que se hace es una solicitud de traslado de cuenta de acuerdo a la Orden ECE 228 2019, ¿tendría consideracón de transferencia y sería comunicado?