Voy a adarme de alta en el Turno de Oficio en breve y me gustaría saber un poco como funcionan los ingresos que se perciben en este concepto a la hora de "enfrentarnos" a Hacienda.
Me explico: según creo no están gravados con IVA pero hay que declararlos a Hacienda, ¿no es eso?
¿Alguien me puede explicar un poco más?
Gracias.