El beneficiario de una pensión la cobra en una cuenta en la que está como AUTORIZADO. El banco no permite el cambio de titularidad (porque hay unos préstamos a nombre del titular en los que el beneficiario de la pensión no tiene nada que ver). El titular de la cuenta tampoco le da mucha importancia al tema e ndica que a efectos fiscales no le afecta puesto que en la Seguridad Social aparece que la pensión es del beneficiario y no de él.
¿Es eso cierto? Si el banco informa a la AEAT sobre los ingresos de ese titular verá que percibe esa cantidad ¿no? Si Hacienda inspecciona ¿el titular de la cuenta tendría que declarar esos ingresos, aumentar su tramo impositivo y pagar multa o no le pasaría nada si alega que el beneficiario es otra persona?
En la entidad nos indican que a efectos de titularidad, los fondos de dicha pensión son del titular de la cuenta. Es el único que tiene derechos sobre ella y que el autorizado (el beneficiario de la pensión) sólo puede disponer en efectivo.