En un proceso de divorcio contencioso se otorga la custodia y el uso del domicilio familiar a la madre (como no podía ser de otra manera). Si posteriormente los padres acuerdan la custodia compartida y que el padre compre a la madre su parte del domicilio familiar, para que este pase a ser el domicilio del padre, y así lo ratifica el juez, ¿qué tratamiento fiscal tendría esta compraventa? Muchas gracias.
Hay cosas que no entiendo, como va a comprar el padre algo de lo que ya es propietario???, una cosa es que el juez le otorgue a la madre el uso y disfrute y otra que la propiedad sea de la sociedad de gananciales o de uno de los conyuges.