Resido en Andalucía desde hace 2 años en régimen de alquiler y en distintas viviendas. Por motivos de ahorro fiscal (y sabiendo que no es lo correcto), mantengo mi residencia habitual en la Comunidad de Castilla y León (allí soy propietaria). Mi empadronamiento continúa allí en Castilla y León. Ahora voy a tener un bebé. El padre reside en otra ciudad andaluza distinta de la mía. Cuando nazca el bebé, deberemos empadronarle. ¿Lo puedo hacer estando empadronada en Castilla y León? ¿Puedo empadronarle en la ciudad del padre? ¿Si me empadrono en Andalucía, puede ser un problema si continúa figurando mi vivienda habitual en Castilla y León? Sé que debería estar empadronada en donde vivo más de 183 días al año, pero lo que quiero saber es si mi actual situación es un inconveniente al nacer mi hijo, o qué consecuencias o dificultades administrativas y fiscales puede traer. P.e. Aunque no estamos casados, creo que podemos solicitar declaración conjunta, ¿pero si tenemos diferentes residencias fiscales?