Buenas compañeros, estoy últimando una querella por injurias en la que el querellante soy yo.
Mi pregunta es si puedo yo también firmarla, al margen de que sea recomendable o no. Me consta que luego para la instrucción sobre todo en la practica de testificales sería bueno que yo estuviese al margen pero necesito saber si la formalidad de la firma la puedo cubrir yo.
Igualmente estoy pendiente de un monitorio que le he puesto a un cliente por impago de una iguala. Si hay que ir al declarativo podría firmar yo la demanda de ordinario?? Ya luego en la previa y acto de juicio si lo hay, iría un compañero.
Sioux, donde la ley no distingue no cabe distinguir. Si en las leyes de procedimiento se dice que tal querella o tal demanda han de llevar firma de letrado y tú lo eres, puedes firmar sin cortapisas, pues el contenido de la reclamación es totalmente irrelevante frente al requisito procesal cumplido, como es la firma de letrado. Puedes además seguir ambos procedimientos en todos sus trámites e instancias, haciendo valer cuantos recursos interlocutorios consideres oportunos, compareciendo en defensa de tu interés como si el cliente fuese una tercera persona. No te voy a decir que quien se defiende a sí mismo tiene un tonto por cliente, sino que evocaré la película en que Peter Fonda es capitán del ejército expedicionario americano en Arkansas, y un soldado le dice: "mi capitán, ¡ he visto a los sioux", y Peter le contesta: "si los has visto, no son sioux".