Si tu ante notario das autorización a un tercero para que firme por ti en calidad de representante, es perfectamente legal, aunque te saldrá mas claro que si lo realizas tu mismo en correos, donde el funcionario correspondiente compulsaría las copias y originales y tb sería válido. Salvo mejor parecer.
Lo de correos no tiene sentido
La aAdministracion Pública no te da los contratos para que te los lleves a casa.
Sinceramente, no sé qué sentido puede tener la firma delegada por poderes de un contrato de trabajo....
Necesitas un poder general para todo tipo de actos en la vida civil y laboral. No lo limites sólo a la firma de contrato porque se firman mas cosas: declaracion jurada, incompatibilidades....
NO valdria en el caso de toma de posesion como funcionario, eso es indelegable.