Siendo un importe de 800 euros el coste del perito puede ser casi tanto como la deuda. Por tanto la carga de la prueba recaerá sobre el demandante, aunque previsiblemente en caso de serle favorable el juez imputará el coste al demandado.
Pues yo pienso que la carga de la prueba incumbe al actor. Si tú te limitas a negar la firma y la imitación es tan burda, lo lógico es que plantees (o lo haga el propio juez de oficio) que se deduzca testimonio por un supuesto delito de falsedad en documento mercantil. Eso ya paraliza el proceso civil hasta que se dilucide si la firma es auténtica o no. Lo cual se hará en las previas que se abran y la pericial la practicará la policía científica. Todo ello a no ser que el propio actor proponga la pericial caligráfica en el mismo procedimiento civil.
Tengo pendiente un monitorio de poca envergadura (800 euros), en el que voy por parte de la demandada.
Resulta que mi cliente se encuentra con que le reclaman las cantidades por una compra que no realizó. Observando el contrato se puede comprobar que las firmas no son iguales, que tienen diferente trazado.
¿Cómo puedo demostrar que la firma no es de esta señora? ¿Es caro un perito calígrafo? La señora a penas tiene recursos, veo complicado lo del perito, ¿qué otras alternativas existen?