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firma de señal de compra venta.piso

3 Comentarios
 
Firma de señal de compra venta.piso
26/04/2006 15:29
hola , sabré alguien si al firmar la compara venta de un contrato , donde se da la señal de 6000 euros, a que me comprometo, si no puedo vender la casa en el mes que se ha puesto el limite opara la venta?
que ocurre si no puedo venderla ? debo pagar el doble, eso lo dice la ley verdad?
pero si al contrato a la hora de recibir la cantidad por la reserva del piso, se pone una clausula en la cual diga , que el comprador no exigira ningun interes, solo el dinero depositado.... sin mas....eso es legal? o me arriesgo a tener que devolver el doble del dinero...o los interese,,que por el tiempo que ha estado el dinero en mi poder .... depende del tiempo de meses que hayamos acordaado? no me atrevo a firmar esa señal que me obliga a coger la inmobiliaria, ya que ellos se garantizan la venta de la casa ...pero no se arisegan ...ya que es el vendedor el que acepta las condiciones... por favor que alguien me aclare el tema....
estos clientes quieren comprarla , pero yo estoy arreglando papeles de herencia.... me hace falta ese dinero para los gastos de abogados, y nuev escritura, pero no me fio mucho de las inmobiliarias.. gracias.
26/04/2006 15:33
ayer se lo consulté a mi abogada, y me dijo que no era conveniente.... me arriesgaba a tener que devolver el doble....que primero arreglara el cambio de escritura a mi nombre...y seguidamente.....podría hacerlo....pero le contesté que me hace falta el dinero para pagar los 4000 euros que me sale todo el papeleo, con impuestos y todo .... pero ella es rotunda...y no sé si alguien le ha pasado ésto.... de tener quue devolver doble dinero...o se puede hacer una clausula.... segun mi abogada, esa clausula nunca sería legal, y si me quieren fastidiar , estan estarían en su derecho.
26/04/2006 18:40
Hazle caso a tu abogada.
Puedes pedir un préstamo personal y luego cancelarlo; busca otras opciones que seguro que las hay.
Saludos
27/04/2006 12:46
para que surjan las obligaciones de devolución tienes que ser requierido de pago fehacientemente, así que en realidad siempre se tiene mñas plazo del acordado a efectos prácticos. No obstante si bsucas seguridad, es evidente que hasta que no tengas al menos la partición de la herencia hecha donde coste que el piso es para tí, no hagas nada.
saludos