Hola. Como buen leonés que soy aquí os amplío un poco la información dada por Tonny:
La Maragatería (cuyo verdadero nombre es País de los Maragatos y que anteriormente era llamada la Somoza), es una comarca de la provincia de León que reúne varias subcomarcas que son la Alta y la Baja Maragatería y dentro de éstas está la vieja zona de la Somoza.
Su capital económica es la ciudad de Astorga. La capital de la Alta Maragatería actualmente está en Santa Colomba de Somoza, mientras que la capital de la Baja Maragatería está en Santiago Millas. La capital religiosa está en Luyego de Somoza, lugar donde se encuentra la patrona de los maragatos, Nuestra Señora la Virgen de los Remedios, si bien el obispado se encuentra en la ciudad de Astorga.
Limita al norte con la comarca de La Cepeda, al sur con la comarca de La Valduerna, al occidente con la comarca del Bierzo y el de La Cabrera, y por el oriente con La Vega del Tuerto y La Valduerna.
Por cierto, si os acercáis por allí no dejéis de probar el Cocido Maragato y las Mantecadas de Astorga.
Ya sé que era de broma.
Por cierto, maragato es el natural de la Maragatería, comarca de León, en España. Por lo menos, no inventé la palabreja.
Un abrazo.
¡Perdón a todos los maragatos! ¡Ha sido un lapsus!Pido mi más humilde perdón! ¡De todos modos, novata y risueño, qué malos sois! ¡Eh! ¡Es evidente que he querido decir garabato! En cualquier caso, un abrazo para todos.
Un modo legal de firmar tú es que te otorguen poder notarial de representación. Pero en ese caso pondrán mala cara porque tienen que pagar el coste del poder. :-(
Que te lo firme el cliente siempre...que luego se les pregunta en vista si han firmao ellos los escritos y te dicen que no...los espabilaos..algún dia os contaré lo que hizo un juzgado de lo social cuando el sr cliente dijo que él no había firmado ninguno de los escritos, nisiquiera la demanda....
Yo te aconsejo que lo firme el cliente siempre, salvo que tal y como te dice cova se trate de una amigo, muy amigo o de un familiar, pero si no es mejor curarse en salud, y que lo firme siemple el cliente, otra cosa es que se trate de un escrito que debas firmar tu y por que se lo envies por e-mail o por fax, sea el procurador el que garabatee tu firma.
Sé que hay abogados que firman esos escritos ellos mismos pero, no sé hasta qué punto es legal. Yo creo que si no firma el cliente tendría que hacerlo el procurador, pagando, claro. A no ser que, en caso de problemas, el cliente te reconozca el "maragato" como suyo.
Gracias Cova. Yo, también, pido al cliente que firme personalmente pero, como casi siempre protestan por tener que venir sólo a firmar, pensaba si se podía poner eso de "por orden".
Pues yo siempre siempre pido al cliente que firme personalmente, puedo hacer una excepción cuando presento un escrito a un amigo o familiar, pero a un cliente "desconocido" jamás.
Hola. A pesar de que soy bastante novato en la profesión llevo algunos expedientes administrativos y tengo una duda, supongo de principiante. Veréis, cada vez que presento un recurso adminstrativo, llamo al cliente para que venga a firmar el escrito. Normalmente, suele fastidiarles bastante venir sólo para firmar. Por eso quiero pregurtaros a vosotros que teneis más experiencia que yo si yo puedo firmar el escrito, aunque sea hacer un maragato o tiene que ser necesariamente el cliente, Gracias.