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finiquito

3 Comentarios
 
08/12/2004 21:12
Hola a ambos.

La empresa debe darte las certificaciones oportunas y en su caso, los documentos de cotización para que puedas solicitar el pago directo en un plazo de los 10 días siguientes a la extinción de la relación laboral.

Debes preguntar a la empresa, si tiene también concertada las contingencias comunes con una Mutua, y si es así, será a ésta a la que se debe entregar la documentación para que pueda solicitarte el pago directo. Si la empresa no tiene concertadas las contingencias comunes con una Mutua, será el INSS la entidad gestora y la que debe de entregarse (como bien te dice la compañera) la documentación correspondiente.

Durante el periodo de baja, será el Servicio Público de Empleo el que pagará tus cotizaciones y te pagará a ti, pero no como incapacidad temporal, sino como subsidio (ya que dices que no tienes doce meses cotizados o sin utilizar) y una vez consumido, lo harán nuevamente como incapacidad temporal hasta que estés dado de alta. En todo caso, el periodo cotizado para el desempleo será ya consumido.

Que te vaya bien.
08/12/2004 18:01
Gracias por responder , pero me ha quedado una duda ; sin el certificado de empresa y sin la carta de finalizacion de contrato puedo ir al INSS o los necesito para que me den el pago directo?.
Te comento que solo tengo cotizados 10 meses asi que no me dan el desempleo , y ademas sigo en situación de IT.
Y algo mas la empresa no me ha dado ni la ultima nómina ni el finiquito , ni los documentos .
Saludos
perfil m.h
08/12/2004 13:38
Hola,

No existe un plazo cierto en el que la empresa deba pagarte el finiquito, por buena fe deberia liquidarte uno o dos dias despues de la finalizacion...
Lo que tienes que tener en cuenta que si esta obligada a facilitarte el certificado de empresa donde figura las bases de cotizacion para solicitar el desempleo y ademas la carta de terminacion de contrato.
Como comentas que te encontrabas en situacion de IT, deberias acudir al INSS a que te facilitaran los impresos para solicitar el pago directo..
Con esos impreso te daran un certificado que es un poco diferente al que la empresa te pueda dar para el desempleo, ya que ademas en el se hace constar la fecha de la baja medica y el ultimo parte de confirmacion abonado pro al empresa con el fin de que el INSS te paga a partir de el (con efectos retroactivos). En este certificado de igual forma aparecera las bases de cotizacion de los ultimos 180 dias.
Deberias acudir con el certificado relleno y firmado y sellado por la empresa.

Un saludo.
Finiquito
07/12/2004 19:42
Saludos, estando de baja se terminó mi contrato , hace mas de una semana de ello, pero la empresa aun no me da ni la liquidación , ni nada , solo una llamada de telefono, ahora para el pago de la IT necesito algunos documentos , mi duda es si la empresa tiene algun plazo para darme la liquidación y en que tiempo debo entregar los partes al INSS para que me paguen la IT ...gracias por la respuesta que me puedan dar