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Finiquito

2 Comentarios
 
03/03/2004 17:23
HOla.

Y Seguridad Social que has de cotizar en TC aparte.

Saludos.
03/03/2004 12:52
Estimado Blas:

En el calculo del finiquito, el concepto salarial de VACACIONES, no disfrutadas, se le practica retención de I.R.P.F. exclusivamente.

Espero haberte podido ayudar
Finiquito
03/03/2004 12:31
Necesito saber si al calcular un finiquito, el concepto de vacaciones no disfrutadas, que en el caso que tengo entre manos son de 30 días (ya que las debería haber hecho íntegramente en agosto) ¿corresponde entonces a una mensualidad entera sin restarle ss y demás deducciones?