Por un lado, también tienes que saber que dentro de tú nómina ya existe un descuentos para la formación.
Por otro, jamás, el empresario de puede sancionar y obligarte a pagar nada de tú salario.
Tampoco debería de existir ninguna clausula que diga que aquél trabajador que hace un curso dentro de su horario de trabajo lo debe de pagar él, para eso, como dije antes ya te descuentan de la nómina, como a todo hijo de vecino. Eso sin contar que tú caso es subvencionado por el fondo europeo.
Vamos, como dicen los demás foreros, si te quieren hacer eso.......yo en tu caso lo denunciaría por un lado a la Inspección de trabajo, otra a la inspección de educación (a quien ha dado los cursos) para que sepan que hay una empresa que quiere cobrar 2 veces por un mismo curso, uno por ellos, el fondo europeo y otra al trabajador....... y por último se lo dices a tú abogado, y que te lo ponga en tu demanda.
En ningún caso la empresa te puede sancionar con parte de tu salario por un incumplimiento de contrato. Esto por un lado.
Por otro lado, en ningún caso ellos se pueden lucrar poniendo como pretexto un asunto como este. Si son subvencionados (lo que quiere decir que no les ha costado nada) lo que estarían haciendo es lucrarse a costa de esta formación. Si interpones una demanda, podría ser considerado como falta muy grave por parte del empresario, lo que les saldría bastante mas caro.
En cuanto a las cláusulas del contrato, no todo lo que ponga en el contrato se te puede pedir después. Si en tu contrato añadiesen una cláusula que te obligase a darle un palmadita al jefe en la espalda todos los días y decirle que hoy viene especialmente guapo, ¿tendrías que cumplirla? Hay cláusulas que son abusivas y esta en concreto es una de ellas.
De todas formas te aconsejo al igual que mis compañeros que vayas a un profesional personalmente y lo veas con él.
El caso es que me aplican los dos supuestos. Los cursos se me están reclamando y al mismo tiempo se (y puedo demostrar) que son financiados por la Fundación Tripartita. Entiendo que al ser cursos financiados no podrían cobrarmelos; o quizá solo la parte que ellos financian (ya que una parte corre a cargo de la Fundación).
Yo no tengo el tema muy claro. Por una parte el tema de los curso es una de las estipulaciones del contrato, por la cual el trabajador se obliga a pagar los cursos de formación que reciba de la empresa si extingue el contrato de forma voluntaria antes de un año. En la otra tenemos que los cursos son subvencionados por el Fondo Social Europeo.
Por eso pienso que habría que consultar si las empresa pueden cobrar a sus empleados los cursos que son subvencionados o el tema va por una claúsula obligacional en cuanto a la permanencia en la empresa.
Lo de que obtuvo más productividad al estar yo formado todo es relativo, porque el curso me lo propusieron después de yo hacer el trabajo, luego no me beneficié a priori del mismo, aunque a lo mejor ellos pueden decir que si...
De todas formas, hay un punto nuevo que he descubierto que no se como afecta: los cursos estaban subvencionados por la fundación tripartita para el empleo, Fondo Social Europeo e INEM. No se si las subvenciones son de la totalidad del curso o solo parte y si pueden reclamarme los importes del curso cuando ellos habrán recibido subvencion por los mismos.
Además, algunos cursos los recibí ya hace 10 meses y quieren cobrarme la "supuesta" totalidad de los mismos, ¿no debería ser la parte proporcional del año que transcurre?
El tema está en si esos cursos mejoraron notablemente tu formación y por lo tanto, tu empleabilidad.
Es normal que las empresas incluyan esas cláusulas cuando se tratan de formación muy cualificada, sobre todo las he visto en alta dirección y en informática, así que en principio, es legal. El hecho de que fueran obligados para desempeñar tu trabajo no te exime, puesto que aceptaste y te beneficiaste de su realización.
Otra cosa es que la cantidad reclamada sea excesiva, puesto que la empresa ya ha podido amortizar el contenido de dicha formación.
¿Pero sería así en el caso de que los cursos hubieran sido impuestos por la empresa?. En ningún caso los solicite para el desempeño de mi trabajo, por lo que la empresa me los impuso.
Hola:
El incumplimiento de las obligaciones contractuales puede hacer que la empresa te reclame las cantidades que le adeudes en función de lo estipulado en el convenio. No obstante, deberías consultar el tema personalmente con algún profesional.
Acabo de darme de baja de forma voluntaria en mi antigua empresa. El problema viene al ir a cobrar el finiquito cuando me reclaman alrededor de 1200 euros en conceptos de formación por unos cursos que recibí el año pasado.
Es verdad que en mi contrato hay una cláusula que especifica que el empleado debe pagar a la empresa por dichos cursos durante el transcurso de un año si este se va; pero también entiendo que los cursos fueron obligados por mi empresa y nunca por solicitud voluntaria mía.
Tengo alguna forma de reclamar dichos conceptos? El hecho de que esa cláusula aparezca en mi contrato me obliga por ley a pagarlos?