Buenos días, porfavor quisiera consultar desde la Comunidad de Madrid, mi hija ha fallecido trágicamente fuera del entorno laboral, con un contrato indefinido en su empresa y 3 años y medio de antigüedad, podrían decirme si existe algún derecho a cobrar algun finiquito, en ésta situación? Gracias
Finiquito claro que sí. La empresa le tiene que liquidar los salarios no abonados hasta el día del fallecimiento, las vacaciones devengadas y no cobradas, y las partes proporcionales de pagas extraordinarias si no las tenía prorrateadas.
Dependiendo de la causa del fallecimiento y del convenio colectivo, podría tener derecho a alguna indemnización ya que algunos convenios obligan a las empresas a contratar un seguro que cubra determinadas contingencias.
En cuanto a indemnización, el Decreto de 2 de marzo de 1944, reconocía a los derechohabientes en caso de fallecimiento del trabajador, debido a causa natural, el derecho al percibo de una indemnización equivalente a 15 días de salario. Actualmente existe disparidad de criterios en relación con el abono de estos quince días encontrando pronunciamientos judiciales a favor y en contra de su vigencia (ninguno por parte del TS en unificación de doctrina)