Hola a todos y gracias de antemano.
Mi pregunta es la siguiente, estuve 18 meses de incapacidad temporal, al termino de esta me pasaron a ser pensionista con revisión a los 18 meses y tras esta me he quedado de pensionista.
Mi empresa me guarda el puesto de trabajo hasta octubre de este año, que es cuando cumplen los dos años que me reservan el puesto después de la IT. Ahora sé que no voy ha volver a trabajar. ¿puedo pedir ya el finiquito? o ¿tengo que esperarme a que transcurran los dos años de reserva de mi puesto de trabajo? y en ese caso ¿es mi empresa la que se pone en contacto conmigo o soy yo quien se tiene que encargar?.
Hombre, no sé, seria a principio de año. Te tienen que finiquitar la parte proporcional de las pagas, vacaciones y no sé si algo mas.
Primero te finiquitan los 18 meses de IT, y después el finiquito de la altura del año que coges la baja.
Gracias rechina, en mi caso se quedó de pensionista, cuando volvió a trabajar no fué en esa empresa.
No le dieron nada, le dijeron que las pagas no las generas si no trabajas.
Evidentemente, si se produce una incapacidad permanente en grado de total y no se cambia de puesto de trabajo en la misma empresa, o bien si la incapacidad es absoluta o gran invalidez, la relación laboral queda extinguida y, SIEMPRE que se extinga una relación laboral, procede finiquitarla.
Ahora bien, la cuestión está en determinar qué procede en ese finiquito y no es más que trasladar a cifrar todos los derecho y deberes. Como norma general, en el finiquito se incluyen las vacaciones no disfrutadas así como las pagas extraordinarias. Sin embargo, salgo que tenga algún tipo de complemento por IT, transcurrido 18 meses no va a tener derecho a pagas extraordinarias pues ya las ha ido cobrando en su prestación de IT. En cuanto a las vacaciones, tendrán que liquidarle las pendientes de este año así como las del año anterior si le quedaban.
Teóricamente, después de la IT la empresa te guarda tu puesto dos años, aun no habiendo pasado estos, yo se que no voy a volver.
Cuando pasan estos dos años te finiquitan y rompes lazos con la empresa.
La duda que tengo es, que sabiendo que no voy a volver puedo reclamar el finiquito o debo esperar a que expire el plazo?