El próximo día 30 vence mi contrato de obra y servicio, la duración ha sido casi 5 años pero con dos anexos entre estos contratos.
La empresa nos ha informado que tanto el salario correspondiente al mes en curso como el finiquito (vacaciones, pagas..) van a ir unidos, y que si no estás conforme no puedes retirar el talón. Actúan dentro de la legalidad??, qué pasos debo seguir para poder cobrar la nómina del mes?, y es que tengo claro que voy a demandar a la empresa, ya que después de 5 años no tengo derecho a nada, y ahora resulta que la empresa para la que voy a trabajar, que ha sido la que se ha quedado el servicio, subcontrató a la empresa para la que aún estoy trabajando en el primer contrato que firmé, por tanto creo que los contratos están en fraude de ley.
Gracias y un saludo
Hola.
Si consideras que los contratos están realizados en fraude de ley está claro que se presume que tu contrato actual es indefinido, además de constituir una infracción grave. Como consecuencia de ello, cuando el empresario te comunique la finalización del contrato, debes plantear una demanda por despido y por supuesto no firmar el finiquito.
Respecto a la calificación del cese impuesto por cumplimiento del término pactado, comunicado por escrito al trabajador, con expresión de tal causa y fecha de efecto cuando ya es inhábil por ser de carácter indefinido la relación laboral la jurisprudencia mantiene las siguientes posturas:
- El calificativo de despido improcedente, no es exclusivo de despido disciplinario, sino que puede aplicarse también a cualquier otro despido causal. Es decir, cualquier despido en el que el empresario alega una determinada causa de extinción de la relación laboral, aunque esta no sea un incumplimiento contractual, pues estos despidos deben ser declarados improcedentes cuando la causa alegada por el empresario carezca de validez, vigencia, operatividad o eficacia.
- no puede admitirse la nulidad de estos despidos cuando se cumple el requisito de comunicación por escrito por cuanto que la decisión empresarial de rescindir el contrato se efectua alegando para ello una causa específica que se comunica al trabajador, lo que permite que éste puede adoptar la medidas que considere adecuadas en defensa de sus derechos.
Así que llegado el momento deberás ponerte en manos de un Abogado laboralista para que te lleve el tema.
Si quieres cobrar la nómina sin retrasos, debes firmar pero el finiquito tiene carácter liberatorio para la empresa y luego lo puede utilizar como que estabas conforme con la finalización del contrato. Lo mejor es no firmar y poner la demanda por despido.