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Finiquito ¿está bien o mal?

9 Comentarios
 
09/08/2023 15:56
Esta mal calculado, se me olvidó aplicar el IRPF del 12%, repito:
Salario bruto anual 1200 x 14 = 16800 €/año.
16800/365= 46,03 €/día, (aquí va incluido las p.e.)
Vacaciones 365 ---- 30, 17 ---- X, donde X =(17 x 30)/365 = 1,397, redondeo 1,4 días de vacaciones.
17 días más 1,4 de vacaciones = 18,4 días x 46,03 precio día = 846,95 € (Sal. Bruto), aquí está todo incluido salario, p.e., y vacaciones.
(Sal Neto) sumamos todos los descuentos (12 %, 4,7 %, 1,55% y 0,1%) = 18,35 %.
Sal bruto. 846,95 % 18,35 % = 156,42 €.
Bruto menos deducciones = Sal Neto = 846,95 - 156,42 = 691,43 €
Ellos le abonaron 680 así sale una diferencia en su favor de 11,43 €.
Puede indicarlo a la empresa y si se lo pagan perfecto pero demandar por ese dinero no merece la pena.
smo
09/08/2023 08:28
Bueno, intentaré ayudarle pero entonces tiene que buscar su convenio y tablas salariales 2023 y publicar la página web en este foro porque los cálculos están hechos según usted nos indica y no sobre lo que pueda verificar yo mismo.

No entiendo que su finiquito sean 680 si en su primer mensaje nos pone SB 810,90 €/bruto y liq a percibir 732,73 €.
En cuanto a los cálculos pueden variar sustancialmente porque he de calcular esa diferencia horaria, es decir, usted trabajaba 8 h/día de los cuales 20 min eran de bocadillo, (hay que ver si el convenio fija ese tiempo de bocadillo como tiempo de trabajo y por tanto sería retribuido), según esto tendríamos 1 y más de salario x 17 días don 17 h más.
No recomiendo acudir sin abogado pero dada la cantidad a reclamar le diría que curse usted mismo la reclamación ante el SMAC, (le enseñaré cómo hacerla), si no hay conciliación o no se presentan pues habrá que ir a juicio, usted solo tendrá que presentar ese mismo escrito y la resolución que le entregaría el SMAC sobre el acto de conciliación ante el Juzgado de lo Social, y en el momento del juicio usted solo tendría que decir al Juez que se ratifica en su demanda presentada en el SMAC, en cuanto a reclamar solo sería esto ya que como le dije la improcedencia por el despido no cabe al ser durante el periodo de prueba, durante este plazo cualquiera de las partes pueden rescindir el cto din perjuicios para ninguna de las partes.
Mire si consigue la pág web del convenio y las tablas salariales y pongamos lo aquí, así podré mirarle unas cuantas cosas para que pueda reclamar más cantidad.
Una cosa más, si se fija, usted nos dice que percibe sobre 1200 €/mes en bruto lo que nos da 40 € justos que x 17 días da esos 680 € pero claro, aquí no está contabilizado ni la parte proporcional de p.e ni, esas posible 17 h más, ni tampoco el 1,5 días de vacaciones.
09/08/2023 07:17
Jamgrrhh28
Reitero nuevamente las gracias por su atención. Pero debemos rectificar que según, su aritmética, la diferencia a obtener sería de 8,85€, pero son errados sus cálculos aritméticos..
Total líquido a percibir = 794,38
Total líquido percibido =680:00
Diferencias de 114.00€..
Más como ud dice 1.5 día reclamación de indemnización = 60:00..
Total 174: 00€..Muy significativo para una persona que no tiene dinero..
Recuerda los índices de deducciones.

Contingencias comunes: 4, 7%

Desempleo: 1,55%

Formación profesional 0,1%

IRPF: 12%

Ahora si podemos, ir a SMAC y hacer reclamación de cantidades?

Espero que me puedas ayudar...

Aguardando por su respuesta

Gracias
08/08/2023 12:28
No consigo localizar la tabla salarial de aux de enfermería de CLM, no obstante, por su salario bruto anual he calculado su finiquito:
-Salario bruto 867,23 €
-Deducciones. 72,84 €
-Tot Liq a perc 794,38 €.
El líquido según usted que le entrega la empresa son 785,53, así que por una diferencia de 8,85 € a su favor no creo que le rente meterse en pleitos.
En cuanto a demandar para reclamar qué? Si son esos casi 9 € le costaría mucho más el abogado y si quiere reclamar un despido la indemnización que como mucho le correspondería sería el salario de 1,5 días, (más o menos antes de descuentos 60€), pero es que además usted fue cesado durante el periodo de prueba, no puede ganar,y le va a salir mucho más caro.
Yo no soy abogado soy RLT (Representante Legal de los Trabajadores).
Yo de usted haría borrón y cuenta nueva.
Un saludo
08/08/2023 09:31
Jamgrrhh28
En respuesta sobre las evidencias a demostrar, en mi poder obra una llamada de alerta, sobre posibles problemas con el centro..
Aprovechando la ocasión,quisiera contratarlo para el SMAC/ Y posible juicio..
Dejo en sus manos el resuelvo..
Atentamente
08/08/2023 09:16
Jamgrrhh28
Hola buenos dias:
Nuevamente, ruego mis excusas por no responder a sus preguntas.
Sobre la actividad a desempeñar es auxiliar de enfermería/ y como ud dice en una residencia..
CONVENIO COLECTIVO DE AUXILIAR ENFERMERÍA CLM..
Fecha de inicio 8/7/23- fecha de despido 24/7/23--
Sobre lo de ARTES, es la titularidad que dice el contrato y no tengo esa titulación..
Si,precisa de alguna respuesta, a su disposición..
Gracias..
08/08/2023 08:21
Olé y usted sigue a su bola, sin contestar a mis preguntas.
En Qué sector? En qué convenio? Si éste fuese provincial, en Qué provincia? Trabajo 17 días pero de qué fecha a que fecha?.
Esto para empezar, en segundo lugar, para ser graduado universitario no es que se exprese usted muy bien, luego habla de artes gráficas, es el convenio? Tb en otra consulta habla de acoso y aquí me da que trabaja usted en una residencia pero qué categoría? Y que tiene que ver esto con artes gráficas?.
Bueno a parte de todo esto:
Vacaciones le corresponden 1,4 días por esos 17.

Habla de despido improcedente y es en una NO SUPERACION DE PERÍODO DE PRUEBA, no tiene usted nada que hacer . Dice que el periodo de prueba son 30 días y que le echan a los 17, que ni le dejan cumplir los 30, no es así el periodo de prueba no quiere decir que le tengan que mantener 30 días sino que durante este tiempo pueden echarle din justificación alguna, (ya sea el primer día o el 30),
Le hacen un CTO de interinidad por sustitución de una empleada con reserva de puesto y ponen mal el carnet y dice que es despido improcedente..equivocarse en un DNI es un error subsanable así que no pasaría absolutamente nada, dice que le hacen un cto con fecha de inicio pero no tiene fecha de finalización....los ctos por sustitución tienen una duración igual a la del trabajador a sustituir, es decir, a la reincorporación de éste finaliza su cto, (el mismo día).
Dice nuevo error "el trabajador percibirá recibo salarial " según convenio" donde está el error? Le están diciendo que pagan según convenio así que debe acudir al convenio mirar la tablas salariales de éste año para su categoría.
Luego dice que si es despido improcedente, no lo es de ninguna forma pero si lo fuera qué piensa usted que sacaría, la indemnización por despido improcedente son 33 días de indemnización por año trabajado y usted solo trabajo 17 días, es decir 1,5 días de indemnización.
Por último habla usted de acoso, me temo que es usted muy sensible para sentirse acosado con 17 días, por otra parte para que se reconozca una situación de acoso debe haber pruebas, (grabaciones), y en un proceso avanzado en el tiempo, ningún Juez va a reconocer acoso en 17 días.
En cuanto al finiquito, para su cálculo necesito que conteste a mis preguntas
smo
07/08/2023 16:55
Buenas tardes. Disculpa la tardanza..son 1,200€ mensuales y por 14 pagas. No prorrateadas ..
En el convenio, tiene 2 pagos- Navidad y verano..
Es que mi duda es porque, los 680€ ,que me pagaron, es de la cuenta exacta de 17 días de trabajo x 40€ diario..= 680..
Con 17 días tengo 1 día o 2 días de vacaciones acumulada? Y algo de paga? Trabajé un domingo, que esta contemplado en el contrato..
Trabajé 1 semana de 15:00hrs hasta 22:00..
También, hay un detalle, la persona que yo sustituyo, aparece en el contrato, con su nombre y apellidos,..
Dice
"Sustituir a trabajador/a -- FULANA , CON NIF/ NIE ....Y ENTONCES APARECE CON MI NÚMERO DE DNI!! NO TIENE DNI? SERA FALSA LA MUJER.. ERROR DE LA CONTRAPARTE? POR TANTO IMPROCEDENTE?..NO?

También, En cuanto a los datos: Nivel formativo Enseñanza de grado medio de formación profesional, específica, ARTES PLÁSTICAS..
Yo soy graduado de la universidad, pero en otra especialidad..
En la CLÁUSULA-2DA Dice" trabajo 40 horas semanales de lunes a domingo, pero yo comenzaba a 7:40-15:00hrs con 20" de MERIENDAS..siempre me hablaron de 7 horas y 1200€..mensuales..

En la 3ra CLÁUSULA: Dice -
la duración del presente contrato se extenderá desde 10/7/23 hasta ( no dice la fecha)..Continúa "Se establece un periodo de prueba de 30 días? Y no completé los 30 días..
Nuevo ERROR?
4ta- El trabajador percibirá una Retribución total---(dice " según convenio) euros..mensuales..
Qué más hace falta..

Clausula específica..
SUSTITUCIÓN DE PERSONA TRABAJADORA..
DESPIDO..
CARTA DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO POR NO SUPERAR EL PERIODO DE PRUEBA..
03/08/2023 13:34
Esos 1200 € son mensuales o en 14 pagas? Tiene las págs prorrateadas o no?
Dice que no están reflejadas las p.e. de Navidad, qué es que son semestrales? En su con enio refleja 12 o 15 pagas (navidad, verano y beneficios?
Tb es necesario conocer el convenio colectivo y si éste fuera provincial, la provincia, como ve necesitamos conocer bastante más de los datos que usted nos aporta
smo
Finiquito ¿está bien o mal?
03/08/2023 12:34
Hola buenas tardes!! Gracias por este contacto..
Estuve trabajando por sustitución por espacio de 17 días,con salario de 1 200€ e informaron por correo electrónico, el despido..
Al otro día, envían el documento de liquidación y finiquito, donde el desglose de la liquidación..
Los totales son:SALARIO
Devengos- 810 90
Deducciones- 78,17
Importe líquido a percibir-732,73..

VACACIONES-
Devengo-60,01
Deducciones-7,21
Líquido a recibir-52,80..

RECIBÍ MIS HABERES CORRESPONDIENTES A LOS DÍAS LABORADOS :
TOTAL-680€

NO ESTAN REFLEJADOS LAS PAGAS EXTRAS DE NAVIDAD..

Desde ya agradezco su comprension y ayuda,para la rectificación del finiquito..
Sin más
Atentamente
Fernando

NOTA: POSIBLE ACOSO, POR MI MAL DESEMPEÑO LABORAL?CONSTANTES DISCUSIONES/ESTOY VIEJO PARA TRABAJAR..