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Finiquito en contrato temporal

3 Comentarios
 
Finiquito en contrato temporal
12/04/2023 10:32
Buenos días,

Tengo pendientes 11 días de vacaciones y 3 días de asuntos propios ¿En el finiquito, tendrían que remunerármelos si no los consumo?
Es un contrato “por circunstancias de la producción” de seis meses en la administración pública.

Gracias.
12/04/2023 10:58
Si no disfruta las vacaciones se las tienen que retribuir, (y cotizar por ellas), en cuanto a los días de asuntos propios estos se solicitan a la empresa y usted los disfruta y al ser retribuidos no pierde usted salario pero si no los disfruta los pierde simplemente.
smo
12/04/2023 11:37
Gracias por responder y tan rápidamente además.

Sólo me surge una duda más con el tema de los asuntos propios
En el caso de los funcionarios públicos, éstos días según su convenio los tienen reconocidos como permisos remunerados, ellos no los solicitan, si no que tienen por derecho 6 días al año.
Por eso me pregunto, si en ése caso aunque mi contrato sea temporal, yo tendría derecho a que me los remunerarán.

Gracias
12/04/2023 12:36
No estoy seguro de cómo funcionan los P por A P en la administración pero entiendo que a lo largo del año tienen que disfrutarlos por tanto no ir a trabajar en 6 días que incluso pueden juntar con puntos o días de vacaciones pero que los tienen que disfrutar, si no lo hacen los pierden, (eso creo, no lo tengo muy claro), incluso creo que si en el año en curso no los disfrutan pueden acumular los para el primer trimestre del año SS pero lo que no creo es que si no los disfrutan los cobren demás.
No se algún forero que trabaje en la Admon nos podrá sacar de dudas