Un amigo me ha realizado una consulta y como no llevo temas tributarios y casi ni recuerdo lo que hice en la Facultad, os lo pregunto a vosotros a ver si podéis ayudarme y luego ya estudiaría bien el tema por dónde ir.
El caso es que tiene unas fincas en Galicia heredadas de su madre hace unos 15 años, no están ni a su nombre porque en Galicia todo se hacía por contratos privados ni se han adjudicado la herencia.
La historia es que alguien se las quiere comprar por unos 15.000€ (puede parecer poco para unos 70 fincas, pero es que no tienen casi valor).
No quiere hacer declaración de herederos porque implicaría hacer la herencia de familiares lejanos, de su abuela y de su madre y el Notario le ha dicho que se iría a unos 4000 € con facilidad y no le merece la pena.
Como en el Catastro están a su nombre (en el registro no y la mayoría, al ser fincas rústicas pequeñas ni están), el comprador le propone hacer un contrato privado y, con eso, cambiarlas en el Catastro.
Lo que me pregunta es si tiene que tributar eso en la renta del año que viene.
Lo dice porque el comprado pagará a Hacienda de la Xunta por el cambio en el catastro pero al ser un contrato privado y no ir al registro, eso no saldrá en Hacienda.
Si fuera un cliente le diría que tiene que hacerlo pero al ser un amigo preferiría darle la respuesta mejor para él económicamente y que él decida.
En teoría, al no ir al Registro, no saldría en la Renta pero no sé cómo afecta el tema de que el comprador pague a Hacienda de la Xunta por el cambio en el castastro.