si, en la sección de urbanismo de la web municipal, pinchas en Régimen Transitorio, al final de la página está en Plan en exposición Pública, y ahí está clasificada como Suelo Urbano Consolidado, afectado por una Actuación Integrada (Unitaria) que pretende la mejora de las infraestructuras
no he leído toda la normativa con detalle, para saber cuáles son realmente las limitaciones que imponen tanto el Régimen Transitorio como el Plan en exposición, porque hacerlo bien me ocuparía unas cuantas horas, no dos o tres, y porque no tiene interés para el caso ... y es que, a tu consulta, ya tengo mi opinión:
Creo que no tienes derecho de tanteo o de retracto
Como has observado, inicialmente había supuesto que la edificada era la tuya y que la libre era la lindante, cuando habías explicado claramente que es al revés. Pues eso, en principio, ya debe evitar que puedas ejercer el derecho de tanteo, porque ese derecho afecta a la parcela pero no a las viviendas. A mayores el Plan la clasifica como suelo urbano consolidado, y su dimensión, y también la dimensión de la finca de vuestra propiedad, es adecuada a la ordenanza urbanística aplicable e ese suelo
Muchísimas gracias Veo! la referencia catastral que os puse es la que queremos comprar y la nuestra es la 167. Si averiguas algo mas ya me dices. Hasta donde yo se no hay nada provisional aprobado.
trataremos de hacer las dios cosas: mirarlo e indicarle cómo hacerlo usted mismo
la referencia catastral sirve para ubicar la parcela, en la web de catastro:
https://www1.sedecatastro.gob.es/OVCFrames.aspx?TIPO=CONSULTA
así, introduciendo esa referencia catastral, podremos ver que corresponde a una parcela edificada, que supongo que se corresponde con la suya, y que su interés es por una de las parcelas lindantes por el noroeste, la 167 o la 168
luego hay que ver cuál es la clasificación urbanística vigente, lo que se buscará, por ejemplo, en la web municipal
http://www.castello.es/web30/pages/seccion_web10.php?source=menuaytoiportada&cod1=12
y aquí podemos ver que existe un régimen transitorio ... pero, al menos de momento, no he logrado acceder al plan aprobado provisionalmente, ni al planeamiento que se pretende sustituir ... para saber si en el régimen transitorio esa parcela tiene clasificación de urbana o de rústica
cuando lo consiga, se lo haré saber
Muchísimas gracias Alga y Veo.
La referencia catastral es 12900A019001690000UD del ayuntamiento de Castellón.
Si podéis mirarlo o indicarme como hacerlo os lo agradecería.
Hola, esta es la situación. Tenemos una finca registrada catastralmente como urbana pero no hay plan urbanístico vigente aprobado. Ahora se vende una finca colindante también urbana y nos gustaría ejercer derecho de tanteo o retracto ya que están a punto de firmar con otro comprador. Por lo que he leído este derecho solo es valido para fincas rústicas, pero en este caso creo que podríamos ganarlo ya que mi finca y la que quiero comprar, aunque catastralmente figuren como urbanas no esta muy claro, ya que no permiten hacer ninguna obra, ni esta urbanizada la zona, solo se declaró urbano como casi todo en este país, para recaudar. Creéis que buscando un abogado especializado tendría opciones? El resto de condiciones para el retracto de colindante si que las cumplimos. Para que tengáis mas datos, nuestra finca no tiene nada construido ni siquiera vallado, pero la otra si tiene construcciones "legales", de antes del 2006.
Gracias a todos!