Mi pregunta es la siguiente:
En una finca catalogada de tal modo que no se puede edificar en ella, ¿es posible establecer una estructura , como por ejemplo, una caseta prefabricada de las que no llevan cimientos, o tampoco esto está permitido y se entendería que es una edificación, aunque sea una estructura movil?
Gracias por adelantado por la información que me podais proporcionar.
Puedes edificar una caseta de madera, siempre que se destine dicha caseta a una actividad agrícola, ganadera, forestal... y siempre que su construcción no constituya un núcleo de población. Por tanto, puedes alegar que dicha caseta se destinará a dichos fines. Lo malo es que si el Ayuntamiento se da cuenta de que no se destina a ese fin puede proceder a imponerte una sanción, con la consiguiente demolición de la caseta.