Creo que si es posible vender una parte de finca tanto en un documento privado como en uno público, lo único que habrá que hacer es indicar claramente la parte de finca que se vende. Lo que no te entiendo es la otra parte de la pregunta. Un saudo.
Se puede vender en contrato privado una parte de una finca indivisible (siendo esa parte la única urbanizable), y que luego no te deniegen la segregación?