Sé que cuando realizas una escritura de compraventa, el Notario puede establecer los porcentajes que corresponden a cada uno de los propietarios y así se inscribe en el Registro de la Propiedad, así pues, te pueden vender un tanto por ciento de la finca y así quedará reflejado en la escritura de compraventa que realiceis en el Notario
Yo no lo veo tan fácil, yo tengo dos tercios de una finca rustica, que no se puede segregar, por no tener la unidad mínima de cultivo, y no puedo registar mi parte. Te aconsejo que pongas el tema en el foro de urbanismo (alli quizas te pueden asesorar más).
Un saludo