Me gustaría hacerles una consulta sobre una finca enclavada, posibilidades de actuación para obtener entrada a dicha finca.
Mi padre acaba de heredar una finca de mis abuelos, la entrada a ésta finca y a las de alrededor siempre ha estado por debajo de un puente por donde pasa una pequeña rambla, tras cruzar el puente se cruzaba a través de una finca privada pero que no se labraba, desconozco si había pacto verbal en poder utilizarla como paso. Igual hacían los dueños de algunas fincas colindantes.
Después de una crecida de dicha rambla, la Confederación Hidrográfica realizó actuaciones sobre el cauce, quedando la entrada bajo el puente taponada o imposibilitada.
Tras ésto, una finca colindante que se encuentra entre la de mi abuelo y una carretera abrió entrada a dicha carretera, la finca que no se labraba y se utilizaba de paso cambió de dueño y también abrió otra entrada a dicha carretera y por tanto la finca de mi abuelo quedó enclavada en el interior y sin acceso ninguno. En aquellos momentos el nuevo dueño de la finca que antiguamente se utilizaba de paso ofreció a mi padre el hacer una entrada conjuntamente para ambas fincas (la suya y la de mi abuelo), mi padre accedió pero finalmente ésta persona hizo la entrada sólo para el mismo, diciendo a mi padre que si quería entrar tendría que ser en helicóptero.
La cuestión es que mi abuelo falleció y se dejó pasar el tiempo y ahora cuando vamos a solicitar a los dueños de esas fincas que nos den paso, nos dicen que no, que denunciemos si queremos.
Estoy intentando recabar información sobre dichas fincas, por si en alguna nota simple de éstas apareciese algo sobre el derecho de paso o servidumbre que aclarase un poco el asunto. Pero temo que no aparezca nada ya que antes no se solían indicar éste tipo de cosas en las escrituras.
Si no encontrase nada, ¿sólo cabría la posibilidad de denunciar? Imagino que tendría que denunciar a los dueños de las dos fincas que se encuentran entre la de mi abuelo y la carretera, que son éstos que he mencionado anteriormente y que suponen la menor distancia a camino público.
¿No tiene nada que ver la Confederación por haber cerrado el paso a las fincas? ¿No tendrían que haber facilitado otra entrada?
¿Sería muy costoso un proceso de éste tipo? Es que si resultase muy costoso, me planteo la opción de dejarlo como está ya que además de lo que cueste me ganaría la enemistad de alguno de los vecinos, o incluso vender la finca a alguno de los colindantes, pero como es normal se aprovechan de la situación y te ofrecen cantidades irrisorias.
Los vecinos se lo han dejado muy claro: para entrar en su finca necesitará un helicóptero. No parece preocuparles, por lo demás, la amistad que usted les profese o que les demande ante los tribunales, porque eso es precisamente a lo que le han exhortado a hacer. La actuación de la confederación hidrográfica, no lo dude, cumple con todos los estándares de legalidad, fue publicada, ejecutada con rigor y con los permisos oportunos. Carece asimismo de relevancia cuál sea el historial de la parcela de su abuelo y la de los vecinos, porque la ley lo que atiende es a su necesidad actual (la de usted) de entrar en su propia finca, sea cual sea la razón por la que se ha llegado a ese aislamiento: segregación, accidentes naturales, agrupación. Por lo tanto, ha de demandar al vecino cuyo paso necesite, teniendo en cuenta que la servidumbre se tiene que pedir por la parte más cercana a la carretera, por la que menos perjuicio ocasione, por la que pueda cursar sobre un lindero y, en fin, por donde le diga el técnico (cuya peritación ha de usar para requerir y demandar) que tiene que ir el camino. Tampoco es cosa que desista de acceder a su propia parcela; seguro que llega a un buen trato con un abogado.