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Finalizan las clases presenciales ¿y ahora con los alquileres de estudiantes?

5 Comentarios
 
04/04/2020 12:02
ugelin
Coincido con Leonjbr:

- No hay condonación de rentas.

- Para los pisos de estudiantes no hay medidas ni de aplazamiento ni de ningún otro tipo, ninguna. Son solamente para primera vivienda y solamente para personas que vayan al paro o a ERTE y siempre que ello sea a causa del coronavirus.

- La renta del piso es tan necesaria para el arrendador como lo es el salario para muchos inquilinos: empezar a examinar si hay personas buenas o malas, que bajan alquileres o no los bajan, o si deben soportar pérdidas, según quienes sean, no tiene sentido.

- La actuación del gobierno en materia de alquileres ha sido la peor posible: primero ha dilatado la decisión difundiendo falsas expectativas para ciertos colectivos, y luego, ni ha solucionado nada, ni ha mirado el asunto de los locales y de las viviendas de temporada tampoco.
03/04/2020 23:52
ugelin
1.- No se condona deuda alguna. No es posible puesto que lo que la gente no entiende es que la mayoría de los arrendadores son personas físicas más o menos "normales" o "modestas" y al igual que la gente "normal" no puede aguantar sin sueldo, muchos de esos arrendadores no pueden aguantar sin la renta del alquiler.
2.- Lo único que se ha hecho es suspender los desahucio por plazo de 6 meses, pero CUIDADO: eso no quiere decir que no se devengue la renta durante ese tiempo. Cuando finalmente se ejecute el lanzamiento, el inquilino deberá lo que quiera que debiese en el momento en el que se acordó el lanzamiento y además la renta correspondiente a los 6 meses de suspensión.
3.- En el caso de familias vulnerables se preve la concesión de créditos "blandos" para poder pagar la renta, pero insisto en que eso no es condonar nada, simplemente que se presta un dinero que luego habrá que devolver.
DEBEMOS DARNOS CUENTA de que en realidad el gobierno no está "ayudando" nada. No está "regalando" nada. Simplemente está postponiendo unos hechos inevitables para que la gente responda por ellos no ahora, sino dentro de 6 meses o durante los 3 años que tardarán en devolver el préstamo, con lo cual no hay que ser muy listo para saber que el futuro a medio plazo es duro ya que tendremos que apechugar con lo de ahora y con lo que vaya surgiendo. Yo no sé hasta qué punto habría sido mejor no decretar esas medidas que hasta cierto punto son engañosas porque el resultado no es el que la gente espera. Pero claro: las dictan personas que son políticos de profesión y ya sabemos de qué pié cogea ese colectivo.
03/04/2020 20:37
leonjbr
Gracias por la respuesta.

Sé que esta persona tiene bastantes pisos en alquiler.
Lo que he leido de que a partir de X numero de viviendas alquiladas por el mismo propietario debe condonar la deuda de los meses que quedan es cierto?

Nosotros hemos intentado negociar y pagar esta situacion a medias, bajar el alquiler, pero el propietario se niega.

un saludo
03/04/2020 10:08
ugelin
Suscribo íntegramente la intachable opinión de Leonjbr y me gustaría añadir, si se me permite, que todas las medidas recogidas en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, en cuanto a alquileres, están previstas únicamente para el alquiler de vivienda habitual.

Por lo tanto, si su alquiler es efectivamente y tal como usted expone de temporada, no está amparado.
03/04/2020 08:59
ugelin
Los contratos de alquler siguen vigentes. Lo unico que ha hech el gobierno es establecer la posibilidad de pedir prestamos blandos para pagar el alquiler y eso reuniendo unos cuantos requisitos.
Por tanto:
1.- tienen uds. que seguir como si el curso fuese normal. Tendrán que seguir pagando.
2.- El casero puede no prorrogar el contrato de vivienda para el año que viene.
Finalizan las clases presenciales ¿y ahora con los alquileres de estudiantes?
03/04/2020 03:18
Buenas,

Mi hijo junto a tres compañeros mas estan cursando estudios en Granada.
Alquilaron una vivienda en septiembre.
Ahora mismo se encuentran cada uno en su casa por el estado de alarma desde el dia 14 y la vivienda alquilada esta vacia.
En el contrato estan los cuatro y el primer punto dice:
El tiempo del arrendamiento se fija en un año desde el 1 de septiembre 2019 al 31 de agosto 2020. prorrogable por acuerdo de las dos partes.

En esta situacion en la que no se va a volver a dar clase, ¿hay que seguir pagandolo? ¿La junta de Andalucia a previsto esto de algun modo?
Y en el caso de tener que pagarlo y realizar el pago de estos meses, ¿El propietario puede rescindir el contrato al llegar el año y dejarnos sin acceso al alquiler de dicho piso el curso que viene?

Gracias por las respuestas.